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¿Cómo presentar la declaración de la Renta de años anteriores?

Última actualización: 10 de abril de 2026
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Si se te pasó el plazo para hacer la declaración de la Renta de años anteriores, todavía estás a tiempo. La Agencia Tributaria permite presentar declaraciones de los cuatro últimos ejercicios fiscales. A partir del quinto año, la obligación prescribe y Hacienda ya no puede reclamártela. En esta guía te explicamos cómo hacerlo, qué recargos se aplican y cuándo merece la pena regularizar por iniciativa propia.

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Una persona revisando sus declaraciones de la renta de años anteriores

¿Puedo presentar la declaración de la Renta de años anteriores?

La Agencia Tributaria permite presentar declaraciones fuera de plazo de los cuatro últimos ejercicios. De esta manera, en 2026 puedes regularizar las declaraciones de los ejercicios correspondientes a 2022, 2023, 2024 y 2025.

Ejercicios a presentar en 2026
Ejercicio fiscal Fin del plazo original Prescripción
Ejercicio 2025 30 de junio de 2026 30 de junio de 2030
Ejercicio 2024 30 de junio de 2025 30 de junio de 2029
Ejercicio 2023 1 de julio de 2024 1 de julio de 2028
Ejercicio 2022 30 de junio de 2023 30 de junio de 2027

Si el plazo de un ejercicio finalizó hace más de cuatro años y Hacienda no te ha enviado ningún requerimiento ni notificación durante ese tiempo, la infracción habrá prescrito y no podrán reclamarte nada.

Es posible revisar y corregir declaraciones presentadas en los últimos cuatro años. Se puede hacer una rectificación de la declaración (para modificar la autoliquidación (1) y corregir el importe abonado o recibido) o una declaración complementaria (para añadir información no declarada y corregir datos incorrectos).

Recargos por presentar la declaración fuera de plazo

Cuando presentas la declaración voluntariamente y sin haber recibido requerimiento previo de Hacienda, se aplican recargos escalonados según el tiempo transcurrido desde el fin del plazo voluntario. El sistema vigente desde el 11 de julio de 2021 (Art. 27 Ley General Tributaria, modificado por Ley 11/2021) es el siguiente:

Recargos en la Renta 2025
Base liquidable del ahorro Tipo estatal
Hasta 1 mes 1%
Hasta 2 meses 2%
Hasta 3 meses 3%
Hasta 4 meses 4%
Hasta 5 meses 5%
Hasta 6 meses 6%
Hasta 7 meses 7%
Hasta 8 meses 8%
Hasta 9 meses 9%
Hasta 10 meses 10%
Hasta 11 meses 11%
Hasta 12 meses 12%
Más de 12 meses 15 % + intereses de demora (4,0625 % anual)

Estos recargos se aplican exclusivamente cuando presentas por iniciativa propia, antes de que Hacienda te requiera. Cuanto antes regularices, menor es el recargo.

¿Qué pasa si Hacienda detecta que no has declarado?

Si la Agencia Tributaria detecta que tenías obligación de declarar y no lo hiciste, y te envía un requerimiento antes de que presentes voluntariamente, las consecuencias son mucho más graves. Ya no se aplican los recargos, sino sanciones que pueden oscilar entre el 50% y el 150% de la cantidad a pagar, según la gravedad de la infracción.

Esto hace que sea siempre mucho más conveniente regularizar por propia iniciativa antes de recibir ninguna comunicación de Hacienda.

¿Qué multa me puede poner Hacienda por no presentar la declaración?

¿Qué pasa si la declaración atrasada sale a devolver?

Si no estabas obligado a declarar y la presentas voluntariamente porque sale a devolver, no se aplica ningún recargo. Hacienda te devuelve el importe correspondiente.

No obstante, si estabas obligado a declarar, la declaración sale a devolver y no la presentaste en plazo, se aplica una sanción fija de 200€. Sin embargo, si la presentas voluntariamente antes de que Hacienda te requiera, la sanción se reduce a 100€ (y puede reducirse a 60€ si la pagas en periodo voluntario con la reducción por conformidad).

¿Cómo presentar la declaración de la Renta de años anteriores?

Si no presentaste la declaración de la Renta dentro del plazo establecido, pero aún no han pasado cuatro años, estás a tiempo de hacerlo. Puedes realizar la declaración de la renta online siguiendo estos pasos:

  1. Accede a la sede electrónica de la AEAT Entra en sede.agenciatributaria.gob.es con Cl@ve PIN, certificado digital o DNI electrónico, ve al apartado de Renta y selecciona "Trámites de ejercicios anteriores".
  2. Pincha en "Servicio de tramitación borrador/declaración (Renta WEB)" Selecciona el año fiscal que quieres regularizar.
  3. Pulsa en "Nueva declaración". Revisa y completa todos los datos. Si en su momento no guardaste el borrador, tienes que introducirlos manualmente. Una vez completada, pulsa "Aceptar", "Conforme" y "Firmar y enviar".

¿Tienes dudas con la declaración de la Renta de otros años?

¿No sabes si has hecho bien tus anteriores declaraciones de la Renta o tienes que corregir algo y temes empeorar las cosas? Puedes contratar una de las asesorías online colaboradoras sociales con la Agencia Tributaria, como TaxScouts o Taxdown, para que te ayuden con tu declaración. Todas ellas cuentan con expertos fiscales que analizarán las consultas que las lleguen, una a una, para darles el mejor servicio posible.

Preguntas habituales sobre presentar la Renta de años anteriores

Si han pasado más de cuatro años desde la fecha en que tuviste que presentar la declaración de la Renta no podrás hacerlo. Lo bueno es que si en esos cuatro años Hacienda no te ha pedido rendir cuentas, la infracción habrá prescrito.

Si el resultado de la declaración es 0€ (ni a pagar ni a devolver), no hay recargo. Los recargos solo se aplican sobre la cuantía a ingresar.

Fuentes del artículo
  1. Agencia Tributaria: 8.12. Regularización de declaraciones anteriores. (s. f.). Consultado en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Ayuda/18Presentacion/100/8_12.shtml

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Personas que han participado en este post:
Raúl del Valle
Actualizado por Raúl del Valle
Raúl del Valle es graduado en Periodismo. Con más de dos años de experiencia en agencias de noticias y medios de comunicación como la radio, Raúl es experto en deporte y plataformas de televisión. En Roams, informa sobre toda la actualidad deportiva y asesora de manera objetiva sobre la oferta en streaming.
Nadia Pérez
Editado y revisado porNadia Pérez