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Cómo declarar el alquiler de un garaje en la Renta 2025

Última actualización: 10 de abril de 2026
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Si tienes una plaza de garaje alquilada, los ingresos que obtienes por ella también debes incluirlos en la declaración de la Renta. El alquiler de una plaza de garaje genera rendimientos del capital inmobiliario, pero con una diferencia importante respecto al alquiler de una vivienda, por lo que no puedes aplicar la reducción del 50% o del 60% que existe para los arrendamientos destinados a vivienda habitual del inquilino.

Un experto de Taxdown te ayuda
Garaje subterraneo de coches que representa el como declarar en la declaracion de la renta el alquiler de un garaje

¿Hay que declarar el alquiler de una plaza de garaje?

Si eres el propietario de una plaza de garaje y la alquilas a un tercero, probablemente te preguntes si, al igual que ocurre con una vivienda, estás exento de pagar el IVA. Y la respuesta es que no, el alquiler de las plazas de garaje está obligado, casi siempre, a pagar el IVA.

Y no solo eso, también debe incluirse en la declaración de la Renta como rendimiento del capital inmobiliario fruto del arrendamiento de inmuebles urbanos, por lo que no lo declaras por su valor catastral, sino por los ingresos que te reporte. Puedes deducirte, eso sí, los gastos de la comunidad de propietarios, el IBI, la amortización y cualquier otro gasto que te genere.

Ahora bien, no en todos los casos debes declarar el IVA de un garaje que alquiles, aunque sí tributa en el IRPF. Se pueden dar dos supuestos:

  • Alquilas el garaje conjuntamente con una vivienda: si la plaza de garaje es anexa o accesoria al domicilio arrendado, está exenta, como este, del pago trimestral del IVA.
  • Alquilas el garaje de forma independiente: no se puede incluir dentro del alquiler de una vivienda, por lo que no está exento del pago del IVA al tipo general del 21%. Esto también aplica a aquellas plazas de garaje alquiladas junto a una vivienda, pero que no forman parte de ella o no están anexas.

La Ley 37/1992, conocida como Ley del IVA (o LIVA), explica, en su Artículo 20 (1) qué y qué no está sujeto al pago de dicho impuesto, y en concreto el punto 23b trata el tema de los garajes.

Si debes pagar el IVA de la plaza de aparcamiento que estás arrendando, debes incluirlo en el precio del alquiler (21%), darte de alta en Hacienda y, durante los 20 días siguientes a la finalización del trimestre natural, presentar la declaración del IVA, mediante el Modelo 303.

Si el garaje es de concesión administrativa, ¿se declara?

Una plaza de garaje de concesión administrativa no tributa de ningún modo en el IRPF, pero sí lo hace si la alquilas y obtienes un rendimiento de ella (y también implica el pago trimestral del IVA, ya que aunque se la alquiles a un particular, hacerlo te convierte en empresario a ojos fiscales).

Alquilar un garaje sin declarar: ¿se puede hacer?

El alquiler de garajes sin declarar es una de las fuentes que nutren la economía sumergida de España, pero aunque sea una práctica que se lleva a cabo (y se hace con demasiada naturalidad), no quiere decir que se pueda hacer.

De hecho, si Hacienda lo descubre, reclama al propietario de la plaza el IVA, además del IRPF si no ha incluido tampoco este ingreso en la declaración de la Renta. Además, este tipo de ingresos obliga al arrendador a presentar la declaración de la Renta, aunque no llegue al mínimo, si sus ingresos procedentes de rentas superan los 1.000€ anuales.

El desconocimiento no exime del cumplimiento de la Ley. Se suele creer que, dado que son alquileres por unas decenas de euros mensuales, no han de declararse ni siquiera formalizarse, pero no es así. Todo alquiler se debe declarar, y si, como este, debe llevar IVA, ha de pagarse a su debido tiempo.

Desgravar el alquiler de una plaza de garaje

El alquiler de plazas de garaje puede desgravar en la declaración de la Renta. Como propietario, puedes desgravarte todos los gastos asociados a ella, como por ejemplo:

  • Los intereses del préstamo que financie la compra de la plaza (solo los intereses, no el capital, y solo la parte proporcional a los días que ha sido alquilada).
  • Los impuestos del garaje, como el IBI o la tasa de basuras.
  • Los gastos de administración o vigilancia.
  • La prima del seguro.
  • Los gastos de reparaciones y conservación del garaje.
  • Los gastos de formalización del alquiler.
  • La amortización de la plaza: el 3% del coste de adquisición del garaje o del valor catastral de la construcción, el que sea mayor.

Si eres un particular y alquilas una plaza de garaje, no tienes derecho a ningún tipo de deducción en el IRPF. Disponer de una plaza de garaje se considera un gasto personal normal y corriente.

La única excepción es si el alquiler se hace de forma conjunta con la vivienda habitual, la plaza está anexa al inmueble y se puede delimitar qué parte del alquiler se destina al garaje, pero en este caso lo que se deduce es el alquiler de la vivienda habitual como inquilino.

¿Tienes dudas sobre cómo declarar un garaje que tengas alquilado?

Alquilar una plaza de garaje a un tercero acarrea una serie de responsabilidades fiscales que debes conocer. Para no cometer errores con tu declaración puedes recurrir a una de las asesorías online colaboradoras sociales con la Agencia Tributaria, como TaxScouts y TaxDown. Todas ellas cuentan con expertos fiscales que analizarán las consultas que las lleguen, una a una, para darles el mejor servicio posible.

Imputación de renta si el garaje está vacío

Si la plaza de garaje es tuya, no es tu garaje habitual y no está alquilada durante parte del año, Hacienda te imputa una renta por esos períodos vacíos:

  • 1,1 % del valor catastral (si ha sido revisado en los últimos 10 años).
  • 2 % del valor catastral (si no ha sido revisado recientemente).

Si la tienes alquilada todo el año, no hay imputación adicional; si está vacía parte del año, la imputación se prorratea por los días no alquilados.

Preguntas frecuentes sobre declarar el alquiler de un garaje

Para que una plaza de aparcamiento pueda ser a ojos de Hacienda parte de la vivienda habitual, esta debe haberse adquirido de forma conjunta con aquella, y, además, debe encontrarse en el mismo edificio. Hasta dos plazas de garaje pueden formar parte de tu vivienda habitual si cumplen con estas características. En ese caso, si la alquilas junto a la vivienda de la que forma parte no tienes la obligación de pagar el IVA.

Si alquilas una plaza de garaje a un particular, salvo que la hagas junto a una vivienda de la que forme parte, debes hacerlo con el IVA incluido en el precio. Tienes entonces la obligación de declararlo trimestralmente, para lo que, a su vez, debes darte de alta en Hacienda.

Fuentes del artículo
  1. Ley 37/1992 (Art. 20), de XXVIII de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, n.o Ley 37/1992, 26 https://www.boe.es/eli/es/l/1992/12/28/37/con#a20

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Raúl del Valle
Actualizado por Raúl del Valle
Raúl del Valle es graduado en Periodismo. Con más de dos años de experiencia en agencias de noticias y medios de comunicación como la radio, Raúl es experto en deporte y plataformas de televisión. En Roams, informa sobre toda la actualidad deportiva y asesora de manera objetiva sobre la oferta en streaming.
Nadia Pérez
Editado y revisado porNadia Pérez