¿Qué es el coste de comercialización y cuándo se paga?
El coste de comercialización en el sector energético es un concepto que veremos en las facturas que emiten todas las comercializadoras. La razón de este importe, a nivel general, es la obtención de un margen de beneficio por parte de estas compañías, por los servicios prestados en lo relativo a atención al cliente, tareas administrativas y otros conceptos relacionados.

¿Cuál es el coste de comercialización?
Las compañías del sector energético establecen un coste de comercialización que repercuten en cada cliente. Este importe es el margen que cobran por prestar sus servicios y puede estar basado en parámetros fijos y variables. Los costes, aunque se actualizan periódicamente, son:
- Término fijo: 3,113€/kW
- Término fijo indexado: cuando la tarifa tiene la energía a precio de coste es obligatorio pagar un suplemento que varía en función de la comercializadora
- Término variable: cada kWh que se consume genera un coste de 0,000557€/kWh
¿Cómo se calcula el coste de comercialización?
Los cálculos para establecer el coste de comercialización se basaron en una recopilación de datos e información a más de 100 empresas del sector. Mediante este estudio se manejaron datos del consumo anual del 97% de la energía y, en función de ello, derivaron determinados costes relacionados principalmente con:
- Costes de cobro y emisión de facturas
- Costes de estructura y plantilla
- Costes de servicio de atención al cliente
Si tienes contratada una tarifa plana como la de Repsol, todos estos gastos ya van incluidos en el precio fijo de nuestra factura. Esto hace que en ocasiones nos salga más barato y otras más caro, todo depende de nuestro consumo anual que se sabe llamando a la comercializadora y facilitando nuestro CUPS.

Coste de comercialización en la tarifa PVPC
El coste de comercialización supone un margen de beneficio a las compañías que operan en el mercado regulado de la energía, mediante la tarifa PVPC (Precio Voluntario al Pequeño Consumidor). Este margen lo establece la Orden ETU/1948/2016, eliminando los 4€/kW que se cobraban hasta entonces, y marcando un nuevo sistema de cálculo. Es el siguiente:
- Coste de comercialización = potencia*precio margen kW/año*(días del periodo facturación/365).
Imaginemos una vivienda con 3,3kW contratados. El coste de comercialización en este caso sería:
3,3 kW * 3,113000€/kW/año x (32/365) = 0,90€, en esta factura correspondiente a un periodo de 32 días.
¿Dónde podemos ver cuánto nos cobran por el coste de comercialización?
Podemos ver los importes con concepto de coste de comercialización en nuestras facturas. Forma parte del coste de la potencia, donde debería verse desglosado en detalle, y especificado como 'coste de comercialización', o 'margen de comercialización'.

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