Qué son los derechos de verificación y cuándo tienes que pagarlos
Los derechos de verificación son un pago que debes realizar cuando instalas un nuevo suministro eléctrico para corroborar el buen funcionamiento y estado del mismo. En las siguientes líneas te cuento cuándo tienes que abonarlos, si hay alguna excepción y el importe de los mismos.

¿Qué son los derechos de verificación?
Los derechos de verificación son uno de los varios derechos de acometida que existen. Estos son, ni más ni menos, que un conjunto de gastos que podrías llegar a asumir cuando realizas una nueva instalación eléctrica.
En este caso, los derechos de verificación están ligados a una inspección técnica de la instalación eléctrica. En esta debe quedar comprobado el buen funcionamiento de la instalación y el cumplimiento de las medidas de seguridad, requisitos y normativas correspondientes.
Estos se deben abonar en varias situaciones:
- Cuando des de alta un nuevo suministro eléctrico
- Si se realizan modificaciones en la instalación, pues será necesario volver a pasar la inspección
En cuanto a lo que debes pagar, el precio de los derechos de verificación está regulado y es de 8,01€ + IVA. Lo más habitual es que la comercializadora te los cargue en la primera factura que pagues con ellos.
¿Cuándo estás exento de pagar los derechos de verificación?
Existen dos situaciones en las que no es necesario que abones los derechos de verificación:
- Cuando cuentes con un Boletín de Instalador Autorizado. Y es que este certifica que tu instalación cumple con todas las normativas y estándares vigentes. Solo puede ser emitido por un instalador electricista autorizado.
- Si presentas un proyecto y certificado de obra
Otros derechos de acometida además del de verificación
Como te he avanzado antes, los derechos de verificación forman parte de los derechos de acometida. Estos, además además de los de verificación, engloban otros tres derechos más que es importante que conozcas:
- Derechos de acceso: para, como su propio nombre indica, poder tener acceso a la red de transporte eléctrica.
- Derechos de enganche: para conectar la instalación privada de tu domicilio con la red de suministro exterior.
- Derechos de extensión: estos se tienen que abonar la primera vez que se da da alta luz, en caso de reactivar suministros que llevan más de tres años dados de baja y cuando se aumenta la potencia de una instalación ya existente.

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