Dar de baja un seguro Caser: cómo cancelar tu póliza de hogar y salud
Dar de baja un seguro Caser es muy fácil: tienes que enviar un escrito a la aseguradora donde indiques tu deseo de no renovar la póliza. Lo más importante es que no te pases del día límite y envíes la carta de baja con, al menos, un mes de antelación respecto a la fecha de vencimiento. Si no lo haces tu seguro se renueva por un año más.

Vías para dar de baja seguro en Caser
Tienes tres formas de solicitar y dar de baja el seguro, aunque lo que yo te recomiendo es a hacerlo a través del email de baja de Caser Seguros.
- Correo electrónico: enviando un email a información@caser.es. Es mi opción preferida porque es cómoda, rápida y deja constancia de la fecha en que hiciste la comunicación. De esta manera nunca vas a tener problemas.
- Correo postal: envía una carta donde expongas tu deseo de cancelar la póliza a Avenida de Burgos, 109 de Madrid.
- Oficinas: si yo fuera tú optaría por cualquiera de las anteriores, así no tienes que desplazarte. Si vives en una gran ciudad seguramente tengas una sede de Caser cerca de ti, pero si vives en un municipio más pequeño lo más probable es que te toque coger el coche simplemente para entregar un papel.
Para ahorrarte tiempo y trabajo, también tienes la opción de escribir un correo a darbajaseguro@roams.es y gestionar la cancelación de tu póliza a través de Roams Insurtech, la correduría de seguros de Roams. Nuestros expertos tramitan tu baja y te ayudan con la contratación de un nuevo seguro.
Lo más importante para darse de baja del seguro Caser es hacerlo en los plazos previstos y presentar un documento escrito donde indiques que no quieres renovar la póliza. Debes hacerlo al menos con un mes de antelación (1) para cumplir con lo que dice la Ley de Contrato de Seguro.
Si tienes claro que quieres cancelar tu seguro de Caser puedes enviar la carta de baja con dos, tres o cuatro meses de antelación. No te preocupes por la cobertura porque no te la van a quitar ni a reducir: se mantiene hasta el final del contrato.
Si acabas de enviar tu carta de baja a Caser, mi recomendación es que esperes un par de días y contactes con la aseguradora para confirmar que la cancelación está en marcha. No lo des por hecho y asegúrate para no tener problemas en el futuro.

Documentación para dar de baja un seguro de Caser
Para cancelar tu seguro con total garantía, además de la carta de baja es imprescindible que tengas a mano otros dos documentos:
- Tu DNI: para que puedas identificarte como tomador de la póliza y Caser compruebe que todos los datos son correctos.
- El contrato del seguro: porque es donde se incluye el número de la póliza, un dato clave para cancelar el seguro.
Es súper importante que tengas a mano el número de la póliza que quieres dar de baja para que la aseguradora pueda identificar el seguro que no vas a renovar. Además, es fundamental si tienes varios seguros en la misma compañía, para que no haya equivocaciones y te cancelen una póliza que quieres mantener.
El DNI y el contrato de la póliza son los documentos que no pueden faltar, pero en otros dos seguros hay algunas particularidades.
- El seguro de salud: es muy frecuente que todas las pólizas médicas comiencen el 1 de enero, así que tienes que estar atento para comunicar la baja antes del 1 de diciembre. Hazlo con tiempo porque es probable que tu aseguradora reciba muchas solicitudes al mismo tiempo.
- El seguro del coche: en la mayoría de ocasiones no lo hace, pero tu aseguradora puede pedirte algunos documentos extra como el permiso de circulación, el pago del rodaje o el certificado de la ITV.
Carta de baja del seguro Caser
Es el documento principal si quieres cancelar tu seguro Caser. Aquí te dejo un modelo para que lo uses siempre que lo necesites y con cualquier seguro que tengas.
A la compañía aseguradora: Caja de Seguros Reunidos Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.
Av/ de Burgos, 109, 28050, Madrid
Yo (nombre del tomador de la póliza), con DNI XXXXXXXX-X y con dirección (añadir la dirección del tomador del contrato del seguro) manifiesto mi deseo de dar de baja mi seguro con número de póliza (indicar el número de la póliza a anular) antes de su fecha de vencimiento (indicar fecha de vencimiento según contrato) siendo esta fecha en la que deseo que tenga efecto la baja.
Según el artículo 22 de la Ley 50/1980 del Contrato de Seguro cumplo con el preaviso de un mes de antelación respecto a la fecha de renovación de la póliza.
Si después de cancelar tu póliza quieres contratar una nueva, te recomiendo que lo hagas a través de Roams Insurtech, la correduría de seguros de Roams. Solo tienes que rellenar este formulario para que sus asesores te llamen y te ayuden a contratar con las mejores condiciones.
Preguntas frecuentes de dar de baja el seguro Caser
¿Dejar de pagar sirve para dar de baja el seguro de Caser?
No, dejar de pagar el seguro no es una buena opción si lo que quieres es cancelar tu seguro. Sigues debiéndole dinero a tu aseguradora, te quedas sin protecciones y es probable que tengas problemas cuando necesites contratar un nuevo seguro.
¿Hay un teléfono gratuito para dar de baja el seguro Caser?
No, no es posible cancelar un seguro por teléfono porque la Ley de Contrato de Seguro te obliga a hacerlo por un medio escrito, para que quede constancia de la fecha en que comunicaste tu baja.
¿Puedo dar de baja el seguro de Caser fuera de plazo?
Solo es posible cancelar un seguro fuera de plazo si te acoges al derecho de desistimiento, que te permite dar de baja tu póliza durante los 14 días siguientes a la firma del contrato.
¿Se puede dar de baja por fax en Caser?
No te recomiendo que utilices esta vía de contacto porque está en desuso y la mayoría de oficinas no tienen este aparato. Envía el escrito de baja por correo electrónico o postal porque es más práctico.
¿Cuándo me avisa Caser si quiere darme de baja el seguro?
Según el artículo 22.2 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, la aseguradora debe avisar con al menos dos meses de antelación si no quiere renovarte el contrato (2) .
- Redacción. ¿Cómo cancelar un seguro? www.ocu.org. https://www.ocu.org/dinero/seguros/consejos/cancelacion-seguros
- Ley 50/1980, de VIII de octubre, de Contrato de Seguro, Ley 50/1980, 23126 (1980). https://www.boe.es/eli/es/l/1980/10/08/50

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