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Todo sobre la jubilación: aprende a simularla y cómo complementarla

Última actualización: 3 de abril de 2025
32 personas han leído este post en los últimos 12 meses
En pocas palabras

La jubilación es la etapa vital en la que un trabajador debe retirarse, ya sea por edad o por incapacidad. Podrás calcular tu pensión de jubilación en base a tu edad, años cotizados y salario aproximado. Está pensada para ser suficiente para cubrir tus necesidades básicas, pero si consideras que no es así puedes complementarla con otros ingresos. Te explico cómo.

Hombre sacando dinero de cajero automático proveniente de su jubilación

Simulador de jubilación: aprende a calcular qué te quedará de pensión

La mejor forma de conocer, al menos de forma aproximada, cuál será tu pensión de jubilación es mediante un simulador. Mi recomendación es que acudas a la fuente, la Seguridad Social, ya que dispone de todos tus datos y, por ende, te puede mostrar la mejor simulación posible. Lo encontrarás en el portal Tu Seguridad Social.

En esencia, para calcular cuándo te jubilarás y cuánto te quedará de pensión necesitas aportar unos pocos datos: tu edad, tus años cotizados y tus ingresos anuales. Esto es debido a que tu edad y años cotizados determinarán la fecha en la que te podrás jubilar (67 años, o 65 si has cotizado al menos 38 y 6 meses, pero te lo explicaremos en detalle más adelante), mientras que tus ingresos se utilizan para hacer una proyección del importe de tu pensión, ya que destinas un porcentaje de cada nómina a la Seguridad Social.

Además, al cálculo le afectan otras variables:

  • El IPC previsto: es decir, cómo afectará la inflación al poder adquisitivo.
  • El crecimiento salarial anual: en teoría, tu salario se irá incrementando año a año.
  • La revalorización de las pensiones: cada año se aplica un porcentaje de ajuste a las pensiones para combatir la inflación.

Lógicamente, cuanto más tiempo falte para que tengas la edad de jubilarte, más inexacto será el cálculo que arroje cualquier simulador.


Requisitos para la jubilación

Para poder acceder a una pensión de jubilación debes cumplir esencialmente tres requisitos:

  • Haber cotizado al menos 15 años
  • Dos de esos 15 años se deben haber cotizado en los últimos 15 antes de la jubilación
  • Tener al menos 66 años y 4 meses (edad que se va a ir ampliando hasta los 67 años en 2027)

Esos son los requisitos para optar a la mínima pensión contributiva posible, la cual se calculará con el 50% de tu base reguladora. Si quieres jubilarte con 65 años y cobrando el 100% de la pensión, deberás haber cotizado 38 años o más (para 2027 se habrá incrementado hasta los 38 años y medio).


Cómo complementar tu pensión de jubilación

Hay varias razones por las que te puede quedar una pensión baja, por lo general derivadas de haber cotizado pocos años (con menos de 38 y medio ya no optas al 100%) y haber tenido salarios bajos, en especial en los 25 años previos a la fecha de jubilación, porque cuanto menos cobres, menos estarás destinando a la Seguridad Social.

Es por eso que es normal preguntarse qué está en tu mano si, cuando la Seguridad Social te pague tu pensión pública, sientes que no es suficiente para cubrir tus necesidades básicas o mantener tu nivel de vida. Ten en cuenta que en España la tasa de sustitución (la diferencia entre lo que se cobra trabajando y como pensionista) está en torno al 85% (1) . Es decir, que si cobrabas 1.500€, tu pensión será aproximadamente de 1.275€.

Puede parecer suficiente, pero ten presente una cosa: una vez jubilado, tu tiempo libre se duplicará, y el ocio rara vez es gratis. Vas a tener que saber administrar muy bien esa pensión, o hacer algo para que de verdad puedas tener una jubilación dorada, y el finiquito que recibirás no será suficiente. Te voy a enumerar las formas más habituales que existen para complementar tu pensión de jubilación.

Complementar mediante el ahorro

La forma más sencilla de complementar tu pensión es mediante el ahorro durante tu vida laboral. Si todos los meses apartases 100€ de tu sueldo, al cabo de los 37 años necesarios para recibir el 100% de la pensión tendrías ahorrados 44.000€.

El problema es que esto puede no ser suficiente, principalmente por culpa de la inflación, porque esta hace que tus ahorros pierdan valor con el tiempo. ¿Recuerdas cuando un café valía 100 pesetas, luego pasó a valer 1€ (166 pesetas) y ahora raro es el que baja de 1,50€ (250 pesetas)? Todo es más caro, por lo que 44.000€ dentro de 30 años pueden rendir como 22.000€ hoy.

Complementar mediante inversiones

Si quieres que tu dinero mantenga su valor real, la única forma es ponerlo a trabajar para que te dé una rentabilidad que sea por lo menos igual a la inflación, aunque lo ideal es que sea mayor.

Aquí tienes varias opciones, en función del riesgo que estés dispuesto a asumir. Si no quieres que tu inversión peligre, tu mejor opción es un depósito a plazo fijo. El problema aquí es que deberás estar pendiente de él:

  • Si estás en un periodo de tipos al alza, lo mejor es un depósito a corto plazo, para poder renovarlo con mejor interés al cabo de poco tiempo.
  • Si la economía pierde fuelle y los tipos de interés empiezan a caer, lo mejor es contratar un depósito a largo plazo, ya que así te aseguras una buena remuneración mientras esperas tiempos mejores.

Si estás dispuesto a asumir un cierto riesgo, entonces puedes destinar tus ahorros para la jubilación a un fondo de inversión. Estos también tienen sus umbrales de riesgo, siendo los de renta fija para los más cautelosos, y cuanta más renta variable contengan más riesgo entrañarán, aunque también un mayor beneficio potencial.

Nuestra opinión experta
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Cuanto antes inviertas tu dinero, mayor jugo le sacarás a tus ahorros, sobre todo si llegas al punto de poder utilizar el interés compuesto: reinvertir los beneficios de tus inversiones.

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Laura BurónRedactora Jefe

En definitiva, a mayor riesgo, mayor rentabilidad potencial, pero nada te la garantiza. En cambio, un depósito puede parecer poco rentable, pero ese pequeño porcentaje que ofrecen está garantizado al vencimiento salvo quiebra del banco, e incluso en ese caso recuperarías los primeros 100.000€ que tuvieras en él. Un fondo puede darte mayores beneficios, pero también provocarte pérdidas, pudiendo perder incluso parte del capital inicial.

Recuerda que toda inversión entraña un riesgo. Nunca inviertas un dinero que no te puedes permitir perder.

Complementar con planes de pensiones

Una última opción dentro del mundo de las inversiones son los planes de pensiones, una suerte de fondo de inversión al que aportarás dinero de forma periódica o puntual y que no podrás disfrutar hasta tu jubilación.

Y esto no es un decir. Salvo en muy contadas excepciones (y no quieres estar en ninguna de ellas, créeme), no podrás rescatar tu plan de pensiones hasta el día de tu jubilación, junto a los intereses que genere. Si se podrá, a partir de 2025, rescatarlo poco a poco, pero solo las aportaciones hechas al menos 10 años antes, junto a su rentabilidad.

Los planes también se dividen en función del riesgo que entrañan sus inversiones, como ocurre con los fondos, pero su funcionamiento es distinto. No podrás recuperar tu dinero antes de tu jubilación, pero te permite elegir cómo rescatarlo llegado el día: de golpe o en forma de renta.

Los planes de pensiones no son excluyentes con una pensión pública, pero tampoco son un sustituto. La pensión por jubilación es vitalicia (la cobrarás hasta tu defunción), y contribuirás a ella quieras o no.

Un plan de pensiones exige un esfuerzo económico adicional al que de manera inconsciente se hace con las cotizaciones a la Seguridad Social, por lo que no todo el mundo puede permitírselo, o al menos que le salga medianamente rentable.

Complementar mediante ingresos adicionales

Aunque por lo general no se puede compatibilizar una pensión de jubilación con un empleo, la Seguridad Social sí lo permite en determinados supuestos, que son la jubilación flexible, la parcial y la activa (en esencia, te permiten trabajar en jornada reducida, a cambio de cobrar un porcentaje menor de tu pensión).

También puedes emprender (si te acoges a la jubilación activa), o tratar de percibir rentas por vías no laborales, como por ejemplo el alquiler de viviendas. Ten presente que esta forma de complementar tu pensión implica una inversión de tiempo, esfuerzo y, en ocasiones, también de dinero. Tú mejor que nadie sabrás si te sale a cuenta seguir trabajando estando en edad de jubilarte.


Tipos de jubilación

Por lo general, cuando se habla de jubilación uno se refiere a la jubilación ordinaria o total: dejas de trabajar y empiezas a percibir una pensión en función de los años trabajados. Sin embargo, hay otros tipos de pensión por jubilación:

  • Jubilación anticipada: puede ser voluntaria (si has cotizado 35 años o más, dos de ellos en los últimos 15 antes de jubilarte) o involuntaria (por ERE, desaparición de la empresa, extinción de contrato por incapacidad de traslado, etcétera). En cualquier caso, se le aplican coeficientes reductores.
  • Jubilación activa: permite a trabajadores asalariados (a tiempo completo o parcial) y autónomos compatibilizar su pensión con un salario. No se puede pedir en caso de jubilación anticipada y se puede acceder a ella un año después de la edad de la ordinaria. Reduce a la mitad la pensión e incluye una cotización de solidaridad.
  • Jubilación parcial: solo para asalariados, con o sin contrato de relevo. En cualquier caso, implica una reducción de jornada laboral. Es posible pasar de la jubilación parcial a la total.
  • Jubilación flexible: también solo para asalariados. Se puede acceder solo tras la jubilación e implica una reducción de la jornada.
  • Jubilación no contributiva: para aquellos mayores de 65 años en estado de necesidad, es decir, que no han podido acogerse al sistema contributivo de pensiones y que además no tienen recursos económicos suficientes.
  • Jubilación demorada: retirarse con más edad de la requerida para la ordinaria. Alargas tu carrera profesional unos años a cambio de percibir más tarde tu pensión, la cual se pagará con un complemento económico. La condición indispensable es tener 15 años cotizados como mínimo.
  • Jubilación forzosa: en ocasiones, es obligatorio retirarse al cumplir una determinada edad. Es lo que ocurre, fundamentalmente, con las Clases Pasivas del Estado, aunque hay excepciones (por ejemplo, un profesor universitario puede alargar su carrera hasta el final del curso académico en el que haya cumplido los 70 años, cuando tendrá la obligación de colgar la tiza).

Otros términos relacionados

Del mismo modo, hay ciertos conceptos que conviene conocer para entender bien todo lo relacionado con la jubilación y las pensiones:

  • Pensión máxima: el máximo que se puede cobrar estando jubilado. No puede superarse, aunque tus cálculos te digan que deberías cobrar más. Dicho límite está fijado en 2024 en 3.175€ al mes.
  • Pensión mínima: lo contrario, el importe mínimo que se puede percibir una vez jubilado. En 2024, la mínima contributiva (con cónyuge pero no a tu cargo) es de 783,30€ al mes; la mínima no contributiva es de 129,48€ mensuales. Estos importes varían de año en año, y tienden a incrementarse, aunque sea poco a poco.
    • Una pensión contributiva es la que se entrega a los que de alguna forma han aportado a la Seguridad Social. Se concede por jubilación (como es el caso que aquí tratamos), pero también por incapacidad permanente, viudedad y orfandad, principalmente.
    • Una pensión no contributiva se entrega a los ciudadanos que no tienen recursos para su propia subsistencia, incluso aunque no hayan cotizado en la vida. Lógicamente, como se destinan a gente que no aporta a la Seguridad Social, su importe es mucho menor. Son solo de dos tipos: de jubilación y de invalidez.
  • Complemento a mínimos: si tu pensión contributiva no llega al mínimo estipulado, se te añadirá automáticamente esta cantidad para que alcance el importe mínimo legal.
  • Complemento para la reducción de la brecha de género: las mujeres podrán computar como cotizados 112 días por cada parto (o aborto de más de seis meses), aunque no estuvieran trabajando. También contarán para el periodo mínimo de cotización los seis primeros años de crianza de un hijo si se dejó de trabajar por ello, porque tener hijos cuenta para la jubilación.
  • Tablas de jubilación: herramienta que sirve para saber, en función del año, cuál es el periodo cotizado para poder acceder a la jubilación total, y cuál es la edad mínima exigida para ello. Esto se debe a que desde 2013 se han venido aumentando poco a poco ambos. Está previsto que a partir de 2027 (y hasta nueva orden), te puedas jubilar con 65 años si has cotizado 38 años y 6 meses, o con 67 si cotizaste menos tiempo.
  • Base reguladora: es uno de los baremos que se usa para calcular la pensión, y se obtiene dividiendo las bases de cotización entre 350 durante los 25 años anteriores al mes previo a empezar a cobrar la pensión.

¿Cómo solicitar la jubilación?

Jubilarse no es tan sencillo como cumplir el mínimo de años exigido y ya. Se debe solicitar mediante un formulario (estandarizado, salvo para trabajadores del mar), el cual se deberá presentar en cualquier oficina de la Seguridad Social, junto al DNI del solicitante, el número de cuenta en la que se quiere recibir la pensión y, si corresponde, el libro de familia.

Sin embargo, algunos casos, dentro de los trabajadores por cuenta ajena, exigen presentar documentación especial. Por ejemplo, si la jubilación es anticipada por discapacidad, debes acreditarla, igual que si se produce por un ERE.

Hay otros supuestos un tanto particulares, como son las jubilaciones de funcionarios y de trabajadores autónomos. Los vemos en detalle a continuación

Cómo pedir la jubilación siendo funcionario

Los funcionarios en la actualidad se dividen en dos tipos, los que todavía se encuadran en el sistema de Clases Pasivas (los que iniciaron la carrera funcionarial antes de 2011), y los que están integrados en el sistema de la Seguridad Social.

Por tanto, los funcionarios que se hayan incorporado a partir de 2011 se jubilarán como cualquier otro trabajador, con las mismas condiciones y excepciones, pero aquellos que lo fueran antes de ese año y estén encuadrados en el sistema de Clases Pasivas lo harán a través de este (similar, pero con diferencias a la hora de calcular la pensión y con menos requisitos de años cotizados).

La solicitud de la jubilación siendo empleado público no difiere en exceso de la estándar. Deberás rellenar igualmente un formulario (el cual puede ser específico, en función de tu condición y puesto) y presentarlo donde corresponda. Dada la amplísima variedad de cargos funcionariales, lo mejor es que lo consultes directamente a tus responsables.

¿Tienen derecho a jubilación los autónomos?

Los autónomos también tienen derecho a la pensión pública de jubilación (incluidas las empleadas de hogar), pero esta es, de media, un 40% menor que la de un trabajador por cuenta ajena (2) , ya que un autónomo acostumbra a cotizar mucho menos a la Seguridad Social (hasta 2023 se podía elegir, lo que llevaba a muchos a pagar la menor cotización posible, para que su cuota fuera más baja y que de ese modo sus ingresos se vieran menos afectados).

Los requisitos de los autónomos para jubilarse son los mismos que los del resto de trabajadores, en cuanto a edad y años cotizados, pero estos acostumbran a estirar su vida laboral: para aumentar su pensión, por no sentir necesidad de retirarse, por no encontrar quién le de el relevo en el negocio o incluso por pura satisfacción. La solicitud, eso sí, es idéntica a la de los asalariados.

Preguntas frecuentes sobre la jubilación

¿Se pueden sumar las pensiones de viudedad y jubilación?

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La pensión de jubilación puede coexistir con otras pensiones, como la de viudedad, siempre y cuando la suma no exceda la pensión máxima establecida por la ley (que en 2024 es de 3.175€ al mes).

¿Puedo conocer el día exacto de mi jubilación?

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Sí, si usas el simulador de jubilación de la Seguridad Social te mostrará exactamente la fecha en que te jubilarás, la cual coincidirá con el día en que cumplirás 65 años (si has cotizado los 38 años y medio exigidos), o 67 años (si no llegas a esa cifra), siempre y cuando te vayas a jubilar más allá de 2027. De hecho, ese simulador te permite calcular con cuánta antelación podrías pedir la jubilación anticipada, y qué pensión te quedaría en ese caso.

Fuentes del artículo
  1. OECD. (2023). Pensions at a Glance 2023: OECD and G20 Indicators - Net and gross pension replacement rates: Average earners, in percentage. OECD. https://www.oecd-ilibrary.org/sites/678055dd-en/1/3/4/5/index.html?itemId=/content/publication/678055dd-en&_csp_=76735d52f9f1cb699c89da376723c2ff&itemIGO=oecd&itemContentType=book#figure-d1e34830-c4d7ba937f
  2. BBVA. Autónomo versus asalariado: ¿Les espera la misma jubilación? BBVA Mi jubilación. https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/autonomo-versus-asalariado-les-espera-la-misma-jubilacion.html

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Laura Burón
Actualizado por Laura Burón
Licenciada en Periodismo, Laura tiene 20 años de experiencia en comunicación. Especializada en comunicación publicitaria y periodismo empresarial, en la actualidad coordina al equipo de redacción como Project Manager SEO en Roams. Laura es experta en tarifas de internet y móvil para empresas, pero también asesora en otros servicios para particulares.
Nadia Pérez
Editado y revisado porNadia Pérez