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Cláusula suelo banco Santander: dónde y cómo reclamar su devolución

Última actualización: 8 de abril de 2025
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En pocas palabras

Es posible recuperar el dinero de más pagado por las hipotecas con cláusula suelo del Banco Santander. Presenta la reclamación extrajudicial al banco y exige el dinero que te corresponde. Y si tu solicitud fuera rechazada, siempre podrás acudir a la vía judicial.

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Casita roja que tiene la clausula suelo con el banco santander

¿Cómo reclamar la cláusula suelo en el banco Santander?

La reclamación de la cláusula suelo en Banco Santander se debe presentar en la sección dedicada a ello, llamada Unidad de Reclamaciones por cláusula suelo. Dicha reclamación puede ser presentada bien por correo electrónico a clausulasuelo@gruposantander.es o por correo ordinario en el Apartado de Correos 35.250, 28080 Madrid.

¿Qué es la declaración de conformidad de la cláusula suelo?

A la hora de presentar una reclamación de la cláusula suelo al Banco Santander esta puede ser aceptada o denegada. Cuando es aceptada, el banco notifica al cliente el importe que se le va a devolver y el cliente dispone de un plazo de 15 días para indicar si está o no conforme.

En caso de aceptar lo que el banco ofrece, tiene que hacer una declaración de conformidad, asumiendo así el compromiso como titular del préstamo. Una vez enviado y firmado por el organismo correspondiente el banco realiza el abono del dinero.

Antes de firmar la declaración de conformidad, sería bueno que comprobaras si la cifra que te ofrece el banco se ajusta o no a lo que te debería devolver. Para comprobarlo puedes utilizar una calculadora de cláusula suelo.


¿Cómo saber si tengo cláusula suelo en el Banco Santander?

La cláusula suelo del Banco Santander aparece en la escritura del préstamo hipotecario. Se trata de una cláusula que, en caso de estar, aparece reflejada en el apartado de las condiciones financieras, vinculado a los tipos de interés. Se encuentra como parte del tipo de interés variable y puede venir de diferentes formas. Normalmente suele ser algo así como "límite a la aplicación del interés variable", "tipo de interés variable mínimo", etc.

Las cláusulas suelo fueron anuladas en 2013, tras una primera sentencia del Tribunal Supremo al respecto (1) . Posteriormente, en 2016, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea la ratificó, añadiendo además la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo (2) , haciendo que los bancos deban abonar las cantidades ilegalmente cobradas desde la firma del préstamo hipotecario.

En la actualidad, el Real Decreto-ley 1/2017 (3) y la nueva Ley Hipotecaria de 2019 catalogan a las cláusulas suelo como abusivas y, por tanto, nulas e ilegales.


¿Cómo se obtiene la devolución del dinero de la cláusula suelo del Santander?

El ingreso de la cantidad a devolver por parte del Banco Santander al cliente puede darse de diferentes formas. Para ello, hay que tener en cuenta si la resolución favorable para el cliente ha sido como consecuencia de la reclamación presentada de manera extrajudicial o si ha sido necesario hacerlo por la vía judicial.

En el primero de los casos, si el dinero se obtiene gracias a la vía extrajudicial, estas son las tres formas de recibir la cantidad correspondiente:

  • Transferencia.
  • Amortización de la parte que aún queda por pagar del préstamo.
  • Combinación entre transferencia y amortización.

En cambio, si la resolución a favor del cliente ha llegado como consecuencia de una reclamación por la vía judicial existen tres formas de recibir el dinero de la cláusula suelo:

  • La manera más habitual es que el banco tenga que ingresar la cantidad adeudada en el juzgado y haya que cobrarlo con un cheque en las oficinas del Banco Santander.
  • Ingreso en tu cuenta.
  • Amortización de la parte del préstamo que todavía queda por pagar.
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Fuentes del artículo
  1. C.G.P.J. El Supremo fija doctrina sobre las cláusulas suelo de los préstamos bancarios a consumidores y el control judicial de su posible carácter abusivo. https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial/Noticias_Judiciales/ci.El_Supremo_fija_doctrina_sobre_las_clausulas_suelo_de_los_prestamos_bancarios_a_consumidores_y_el_control_judicial_de_su_posible_caracter_abusivo.formato3
  2. Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Limitación por el juez nacional de los efectos en el tiempo de la declaración de nulidad de una cláusula abusiva. https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=186483&pageIndex=0&doclang=es&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=570701
  3. Real Decreto-ley 1/2017, de XX de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, n.o Real Decreto-ley 1/2017, 5379 https://www.boe.es/eli/es/rdl/2017/01/20/1

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Nadia Pérez
Actualizado por Nadia Pérez
Nadia es periodista especializada en marketing de contenido y SEO. Tiene más de 7 años de experiencia en marketing online, relación con los usuarios y posicionamiento orgánico para marcas y compañías de distintos sectores. Ahora coordina la comunicación digital en Roams en los sectores de telco, streaming, finanzas, energía, seguros y alarmas tanto en España como en el despliegue internacional de la compañía.
Laura Burón
Editado y revisado porLaura Burón