
El error que cometen muchos padres en la Renta: el mínimo por descendientes no desaparece cuando el hijo cumple 18 años
- Las reducciones van de 2.400 a 4.500€ por hijo y se acumulan
- Aplica a estudiantes y becarios siempre que no superen límites
En plena
Hacienda permite a las familias reducir su base imponible en el IRPF por tener hijos a cargo, con importes que van desde los 2.400 euros por el primer hijo hasta los 4.500 euros por el cuarto y siguientes, y que pueden acumularse hasta los 13.600 euros si se tienen cuatro hijos. Uno de los errores más frecuentes es pensar que esta ventaja desaparece automáticamente cuando los jóvenes cumplen la mayoría de edad.
Si tienes hijos menores de 25 años, estudiantes o becarios, esta información puede ayudarte a evitar pagar más impuestos de los necesarios.
Qué es el mínimo por descendientes y cómo funciona
Lo primero que conviene aclarar es que este beneficio fiscal no es una deducción directa ni un ingreso que Hacienda abona en la cuenta bancaria.
Se trata de una reducción de la base imponible, es decir, disminuye la cantidad total de ingresos sobre la que se calcula posteriormente el IRPF.
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“Para una familia, el mínimo por descendientes es el primer nivel de protección fiscal por hijos dentro del IRPF y tiene carácter general a nivel nacional”, explica Pablo Vega, experto en Finanzas de Roams.
El experto recuerda que “no es una deducción directa ni una ayuda que se cobre de forma automática, sino un mecanismo que reduce la tributación al reconocer las cargas familiares del contribuyente”.
Con este mecanismo, la Agencia Tributaria reconoce que mantener hijos supone unos gastos básicos inevitables y permite dejar una parte de la renta libre de impuestos.
Además, esta ventaja fiscal se suma al mínimo personal estándar de 5.550 euros, ampliando todavía más el tramo de ingresos exento de tributación.
Cuánto puedes reducir en el IRPF por cada hijo
Las cantidades que Hacienda permite aplicar son progresivas: cuanto mayor es el número de hijos, mayor es también la reducción fiscal.
Además, el sistema contempla un incentivo adicional para familias con niños menores de tres años.
| Orden del descendiente | Reducción en el IRPF |
|---|---|
| Primer hijo | 2.400 euros anuales |
| Segundo hijo | 2.700 euros anuales |
| Tercer hijo | 4.000 euros anuales |
| Cuarto hijo y siguientes | 4.500 euros anuales |
| Menores de 3 años | +2.800 euros adicionales |
Según Vega, el ahorro real dependerá de la renta, de la estructura familiar y de si se cumplen los requisitos exigidos.
“Las
Los requisitos clave: edad, convivencia e ingresos
Para que Hacienda permita aplicar este mínimo fiscal, no basta únicamente con tener hijos. El descendiente debe cumplir una serie de condiciones concretas a fecha de 31 de diciembre del ejercicio fiscal.
Estas normas también afectan a nietos, bisnietos o menores bajo tutela, acogimiento o guarda legal.
Los requisitos principales son los siguientes:
- Límite de edad: el descendiente debe ser menor de 25 años. Este límite desaparece si tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 33%.
- Convivencia: debe convivir con el contribuyente o existir dependencia económica demostrable.
- Límite de ingresos: el hijo no puede haber obtenido rentas superiores a 8.000 euros anuales.
- Declaración propia: tampoco puede haber presentado declaración individual con ingresos superiores a 1.800 euros.
Este último punto suele generar muchos errores. Muchos padres creen que un trabajo de verano o un empleo parcial ya elimina automáticamente el derecho a aplicar el mínimo, cuando en muchos casos todavía pueden beneficiarse de él.
Qué ocurre con estudiantes, becarios y trabajos temporales
Uno de los perfiles donde más dudas aparecen es el de universitarios o jóvenes que combinan estudios con pequeños ingresos.
En estos casos, el hecho de tener una beca, prácticas remuneradas o contratos temporales no implica necesariamente perder el beneficio fiscal.
La clave sigue estando en respetar los límites de ingresos establecidos por Hacienda y analizar si el descendiente ha presentado o no su propia declaración.
Por eso, antes de confirmar el borrador conviene revisar cuidadosamente los datos fiscales y comprobar si el mínimo por descendientes sigue siendo aplicable.
Si tienes dudas, también puedes pedir ayuda a la Agencia Tributaria a través del servicio telefónico, cuya cita previa ya está disponible dentro de la
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Casos especiales: padres separados y custodia compartida
La normativa también establece reglas específicas para padres separados o divorciados.
Cuando existe custodia compartida, el mínimo por descendientes debe repartirse obligatoriamente al 50% entre ambos progenitores.
La misma división proporcional se aplica en matrimonios que optan por presentar la declaración de la Renta de forma individual en lugar de
En estos casos, Hacienda prorratea automáticamente el beneficio fiscal para repartirlo de forma equitativa entre los contribuyentes con derecho a aplicarlo.
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