
Cuándo un jubilado con una sola pensión tiene que presentar la Renta: los umbrales exactos de Hacienda
- El segundo pagador reduce el límite de 22.000 a 15.876 euros
- Hay cuatro pensiones completamente exentas de IRPF
Ya estamos bien entrados en la
Pablo Vega, experto en Finanzas Roams, lo resume así: “Para una persona jubilada, el verdadero aviso de Hacienda no es: tiene usted que presentar la Renta; sino: revise su caso concreto. Ahí es donde importan los umbrales, los pagadores y si la prestación está o no exenta”.
Los límites de ingresos que te obligan a declarar
La regla general de Hacienda es clara: una pensión se considera un rendimiento del trabajo. Dependiendo de lo que cobres al año y de cuántos pagadores tengas, estarás o no obligado a presentar la declaración.
Las recientes subidas por el IPC han provocado que muchos jubilados superen estos límites sin darse cuenta. Estos son los umbrales actuales:
| Número de pagadores | Límite exento | Condición |
|---|---|---|
| 1 pagador | 22.000€ anuales | Solo cobras la pensión de la Seguridad Social |
| 2 o más pagadores | 15.876€ anuales | El segundo pagador supera los 1.500€ al año |
Cuidado con la trampa del segundo pagador
Muchos jubilados creen que solo tienen un pagador (el Estado), pero Hacienda contempla varias situaciones habituales que cuentan como pagador adicional.

Si te encuentras en alguno de estos casos, el límite baja de 22.000 a 15.876 euros:
- Rescate de un plan de pensiones: cuenta como un pagador más, independientemente de cómo cobres el dinero.
- Pensión del extranjero: tributa en España y se considera segundo pagador si supera los 1.500€.
- Inversiones y ahorros: intereses, dividendos o venta de acciones por encima de 1.600€ anuales obligan a declarar, igual que ocurre con otros
ingresos adicionales que Hacienda también vigila.
La lista blanca: pensiones exentas de pagar IRPF
Como recuerda Pablo Vega, “no todas las pensiones tributan igual, y ese matiz es clave”.
Según detalla el experto, estas son las principales pensiones libres de IRPF:
- Incapacidad permanente absoluta y gran invalidez: mantienen su exención incluso al convertirse en jubilación.
- Pensiones de orfandad.
- Pensiones en favor de familiares: en casos específicos como incapacidad o menores de 22 años.
- Pensiones derivadas de actos de terrorismo.
Plazos clave, multas y el boom de los mutualistas
Apunta estas fechas. El plazo telefónico arrancó el 6 de mayo y la atención presencial lo hará el 1 de junio. La campaña finaliza el 30 de junio. Y no nos olvidemos del plan Le Llamamos de
Es fundamental revisar el borrador, ya que las sanciones pueden ser elevadas. En los casos más graves, las multas pueden alcanzar los 300.000 euros.
También conviene revisar
Esta campaña llega también con una novedad para los jubilados mutualistas: además de poder seguir reclamando la
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