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Hombre revisa la declaración de la renta en un portátil con calculadora y documentos fiscales
Declaración de la Renta

El plazo de Hacienda para devolver la Renta no es igual para todos: así se calcula

  • El límite ordinario vence el 31 de diciembre
  • Si Hacienda se retrasa por causa propia, paga intereses de demora
Jesús Hoyos
Jesús Hoyos
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Hacienda tiene de plazo hasta el 31 de diciembre para devolver el dinero de la Renta a los contribuyentes con derecho a cobro. La Agencia Tributaria dispone de seis meses desde el cierre de campaña para pagar.

Si se retrasa por una causa que le sea imputable, debe sumar intereses de demora de forma automática, sin que el contribuyente tenga que reclamarlos.

Seis meses, el plazo legal para cobrar

El plazo de seis meses no arranca el día en que cada contribuyente presenta su declaración, sino el día en que termina oficialmente la campaña de la Renta. Ese cierre suele fijarse el 30 de junio, así que el límite ordinario para que Hacienda ingrese la devolución es el 31 de diciembre del mismo año.

Esta obligación está recogida en el artículo 31 de la Ley General Tributaria, que marca ese margen de seis meses como plazo máximo para las devoluciones tributarias.

“Hacienda no solo paga devoluciones: también valida que el importe solicitado sea correcto. Esa revisión es especialmente importante cuando hay deducciones, cambios personales o rentas que no aparecen de forma automática en los datos fiscales. El derecho a devolución existe, pero puede requerir comprobaciones antes del ingreso”, explica Pablo Vega, experto en finanzas de Roams.

Qué pasa si presentas la declaración tarde

El cómputo cambia si la declaración se presenta después de que termine la campaña. En ese caso, los seis meses no arrancan el 30 de junio, sino el día exacto en que el contribuyente presenta su declaración.

Quien declara tarde también retrasa el plazo de Hacienda para pagar. Cuanto más tarde se presente la declaración, más tarde vence el margen legal para recibir el dinero.

Intereses de demora si Hacienda se retrasa

Si Hacienda supera esos seis meses por una causa que le sea imputable a ella misma, y no al contribuyente, tiene que pagar intereses de demora. La ley obliga a sumarlos automáticamente, sin que el ciudadano tenga que presentar ninguna reclamación previa.

El tipo aplicable en 2026 es del 4,0625% anual, según recogen distintas firmas de asesoría fiscal. Es el mismo porcentaje vigente desde 2023, prorrogado automáticamente cada año mientras no se apruebe una nueva Ley de Presupuestos Generales del Estado.

En la práctica, la mayoría de las devoluciones no agotan ese margen legal. Suelen resolverse en cuestión de semanas o, como mucho, en tres meses, siempre que el borrador no tenga errores.

“Los intereses de demora funcionan más como un mecanismo de protección que como una ventaja financiera para el contribuyente. Hacienda paga el 4,0625% anual en 2026 si se retrasa fuera de plazo, pero aplicado solo al periodo excedido. Eso significa que, salvo importes elevados o retrasos largos, la compensación suele ser reducida. Para una familia que espera una devolución, el verdadero problema no son los intereses, sino la falta de liquidez durante meses”, detalla el experto de Roams.

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Cuánto ha devuelto ya Hacienda de la Renta 2025

La Agencia Tributaria ya ha devuelto 9.361 millones de euros a 12.953.787 contribuyentes al cierre de la Campaña de Renta 2025, según su último balance oficial. A fecha de 2 de julio, ya se había abonado el 79,1% de las solicitudes de devolución y el 66,4% de los importes pedidos.

Parte del incremento se explica por el tirón de “Renta Directa”, la vía que la Agencia Tributaria potenció este año para las declaraciones más sencillas: la usaron 2.404.000 contribuyentes, un 135,8% más que en la campaña anterior.

Elaboración propia con datos oficiales de la Agencia Tributaria.
Comparativa de la Campaña de la Renta 2024 y 2025
IRPF 2024 IRPF 2025 Variación
Declaraciones presentadas 24.570.427 25.613.384 +4,24%
Declaraciones con devolución 15.932.142 16.376.128 +2,79%
Devoluciones ya pagadas 12.577.526 12.953.787 +2,99%
Importe devuelto (millones €) 9.099,75 9.361,59 +2,88%

De las 25.613.384 declaraciones presentadas en total, 7.475.277 salieron a ingresar y 16.376.128 tuvieron derecho a devolución (el resto corresponde a declaraciones negativas o con renuncia a la devolución). Estas últimas entran en el plazo de seis meses que marca la ley y que vence, como muy tarde, el 31 de diciembre.

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