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Móvil con logo de Agencia Tributaria junto a calendario de junio 2026 con el día 25 marcado.
Declaración de la Renta

El plazo para domiciliar el pago de la Renta termina ya: qué pasa si lo pierdes

  • Domiciliar no adelanta el cobro: Hacienda carga el importe el día 30
  • Si presentas después del 25, aún quedan opciones
Jesús Hoyos
Jesús Hoyos
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El 25 de junio es el último día para domiciliar el pago de la declaración de la Renta 2025. Quien tenga la declaración a ingresar y quiera que Hacienda cargue el importe automáticamente en su cuenta bancaria tiene hasta este jueves para presentarla, según el calendario oficial de la Agencia Tributaria.

El dato es relevante porque muchos contribuyentes asumen que el plazo es el 30 de junio para todo. Esa fecha cierra la campaña completa, pero la domiciliación tiene su propio límite cinco días antes.

“El fraccionamiento ordinario de la Renta es una herramienta útil porque permite dividir el pago en dos plazos sin intereses ni recargos. No elimina la deuda con Hacienda, pero sí suaviza el impacto sobre la tesorería familiar, especialmente cuando el importe a ingresar es elevado o llega en un mes con otros gastos relevantes”, explica Pablo Vega, experto en finanzas de Roams.

Domiciliar no significa pagar antes

Muchos contribuyentes confunden domiciliar con pagar de inmediato. No es así: presentar la declaración antes del 25 de junio no adelanta el cobro. Hacienda realiza el cargo el 30 de junio, el último día de campaña, independientemente de cuándo se haya presentado la declaración.

Lo que sí permite la domiciliación es evitar gestiones adicionales. Sin ella, quien presente entre el 26 y el 30 de junio ya no podrá domiciliar el pago y tendrá que optar por otra vía: pagar con cargo en cuenta, con tarjeta o Bizum, introducir un NRC ya obtenido o dejar la declaración presentada telemáticamente y abonar después el importe en una entidad colaboradora.

No debe confundirse con un aplazamiento: si el contribuyente no puede pagar en plazo, debe solicitarlo a Hacienda, normalmente al presentar la declaración o antes de que termine la campaña, y ya hablamos de una deuda financiada, con intereses y sujeta a aprobación”, añade el experto de Roams.

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La opción de fraccionar en dos plazos

Al presentar una declaración a ingresar en Renta Web, el sistema ofrece por defecto el fraccionamiento en dos pagos sin intereses ni recargos. El primer plazo supone el 60% del importe y se carga el 30 de junio; el segundo, el 40% restante, se carga el 5 de noviembre.

Una declaración de 500 euros se dividiría en 300 euros en junio y 200 euros en noviembre. Si el resultado fuera de 1.200 euros, el primer cargo sería de 720 euros y el segundo, de 480 euros.

En ambos casos conviene tener saldo suficiente en la cuenta en esas fechas. Esta opción también está disponible para quien domicilie: ambos plazos se gestionan desde Renta Web sin trámites adicionales.

Qué hacer si se presenta después del 25 de junio

Quien presente entre el 26 y el 30 de junio puede hacerlo sin problema, pero ya no podrá domiciliar ni el pago total ni el primer plazo del 60%. La Agencia Tributaria ofrece varias alternativas de pago:

  • Cargo en cuenta o pago con tarjeta/Bizum: disponible desde Renta Web. El pago con cargo en cuenta exige identificarse con Cl@ve Móvil, certificado o DNI electrónico, mientras que el pago con tarjeta o Bizum también permite acceder con número de referencia. En ambos casos, el NRC se incorpora automáticamente a la declaración.
  • Introducir un NRC ya obtenido: si el ingreso se ha realizado previamente en la entidad financiera, se introduce el código en Renta Web para completar la presentación.
  • Documento para ingresar en banco o caja: la declaración queda presentada telemáticamente, pero el pago debe hacerse después de forma presencial en una entidad colaboradora de la AEAT.

Quienes no puedan afrontar el importe también pueden solicitar un aplazamiento ante la Agencia Tributaria, una vía distinta al fraccionamiento ordinario en dos plazos.

Las fechas clave que quedan de campaña

Elaboración propia con datos oficiales de la Agencia Tributaria.
Calendario del tramo final de la campaña de la Renta 2025
Fecha Qué ocurre
25 de junio Último día para domiciliar el pago de declaraciones a ingresar
29 de junio Último día para solicitar cita previa (atención telefónica y presencial en oficinas AEAT)
30 de junio Fin de la campaña del IRPF 2025. Último día para presentar la declaración
5 de noviembre Cargo del segundo plazo (40%) para quienes fraccionaron el pago

Presentar la declaración fuera de plazo tiene coste. En las declaraciones a ingresar, el recargo es del 1% del importe más un 1% adicional por cada mes completo de retraso, sin requerimiento previo de Hacienda; a partir de los 12 meses, el recargo sube al 15% más intereses de demora. En las declaraciones a devolver, la sanción es de 100 euros, reducida a 60 si se paga sin recurrir.

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