
Hacienda enviará 130.000 cartas sobre la Renta: cuándo debes actuar y cuándo no tienes que hacer nada
- Lo hará en dos fases, a partir de mediados de mayo y durante junio
- Si hay un error, tienes hasta el 30 de junio para corregirlo
La Agencia Tributaria ya prepara el envío de 130.000 cartas a contribuyentes que ya han presentado su
Por qué llegan las ‘cartas del miedo’
Estas notificaciones llegarán en dos fases: una primera a mediados de mayo y otra a lo largo de junio. El objetivo de Hacienda es cruzar datos y avisar si detecta alguna irregularidad frente a la información fiscal que ya posee.
Los envíos se dirigen principalmente a quienes han modificado los datos que la Administración proponía por defecto. Sin embargo, no hay que entrar en pánico. Pablo Vega, experto de Roams en finanzas, subraya que “el contribuyente debe distinguir entre una carta preventiva y un requerimiento formal”.
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Mientras la primera avisa y te da margen para revisar tu situación de forma voluntaria, un requerimiento significa que “ya implica que Hacienda ha iniciado actuaciones”. Vega recalca que comprender esa diferencia “puede ser clave para evitar consecuencias económicas mayores”.
Los errores más comunes al confirmar el borrador
El borrador que ofrece la web de Hacienda es útil, pero rara vez contiene toda tu información actualizada. Confirmar sin revisar a fondo es una de las causas principales para recibir una de estas cartas, junto a los avisos que también están saltando en la aplicación móvil y en el portal Renta Web.
Según detalla el experto de Roams, “las discrepancias más habituales suelen aparecer en ingresos no incluidos, alquileres,
Además, este año hay que tener cuidado con las ayudas públicas. Olvidar declarar el cobro del Bono Alquiler Joven o el Bono Cultural (que tributan como ganancias patrimoniales) es un desencadenante habitual de estos avisos.
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Qué hacer si recibes la notificación
Recibir el aviso no implica una
Pero si, al revisar, te das cuenta de que te has equivocado, tienes hasta el 30 de junio para presentar una declaración rectificativa o complementaria dentro del plazo voluntario de la campaña, lo que te permite evitar recargos por presentación tardía. En la pasada campaña, más de 45.000 ciudadanos aprovecharon este margen para subsanar sus fallos.
- Declaración rectificativa: se utiliza cuando el error te ha perjudicado a ti. Por ejemplo, si olvidaste incluir una deducción a la que tenías derecho.
- Declaración complementaria: es la que debes presentar si el error ha perjudicado a Hacienda y, por tanto, te toca pagar más o recibir menos dinero del previsto.
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