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Tarjeta bancaria junto a un documento de autorización pendiente de consentimiento del Ministerio de Economía y un candado
Consumo

El Gobierno frena a la banca: sin tu permiso no podrán ampliar el límite de tu tarjeta de crédito

  • El anteproyecto también fija un tope transitorio del 22% de TAE para las nuevas operaciones de crédito al consumo
Sergio Soto
Sergio Soto
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Los bancos ya no podrán ampliar el límite de una tarjeta de crédito ni activar una nueva línea de financiación sin que el cliente lo pida expresamente. El anteproyecto de Ley de Crédito al Consumo, aprobado por el Consejo de Ministros el 7 de enero de 2026, prohíbe conceder crédito que el consumidor no haya solicitado.

La reforma va más allá de las tarjetas y también limita los intereses de microcréditos y préstamos rápidos digitales, incluye por primera vez el modelo de compra ahora y paga después, y amplía la supervisión del Banco de España a las plataformas que ofrecen financiación online.

Qué prohíbe el artículo 63 del anteproyecto

El texto es directo: “Se prohíbe toda concesión de crédito a los consumidores que no la hayan solicitado previamente y sin su consentimiento expreso”. La norma no distingue entre productos, ya que alcanza a tarjetas, líneas de crédito, descubiertos y cualquier otra fórmula de financiación al consumo.

Tampoco basta con avisar al cliente de que se le ha concedido más crédito. El artículo 62 exige un acto afirmativo libre, concreto, informado e inequívoco, de forma que el consentimiento no pueda presumirse por silencio, inacción o casillas marcadas por defecto.

“Esta medida dinamita una vía de ingresos muy silenciosa para la banca. Hasta ahora, aprovechaban cualquier mejora en la nómina del cliente para elevar el límite de la tarjeta, fomentando el sobreendeudamiento casi sin que este se diera cuenta”, valora Pablo Vega, experto de Roams en finanzas.

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Ofertas sí, activación automática no

La prohibición no impide que las entidades sigan anunciando tarjetas o préstamos preconcedidos por correo, en la aplicación del banco o en la oficina. Lo que cambia es el momento en el que ese crédito se convierte en dinero disponible, que no podrá activarse hasta que el cliente lo pida y lo confirme expresamente.

La reforma distingue con claridad entre ofrecer financiación y concederla sin permiso:

Elaboración propia con datos del anteproyecto de Ley de Crédito al Consumo.
Qué cambia con la nueva normativa en tarjetas y líneas de crédito
Situación con la nueva norma
Enviar una tarjeta no solicitada Ya restringido, salvo renovaciones de tarjetas existentes
Ampliar el límite sin avisar Prohibido: exige solicitud y consentimiento expreso
Activar una línea o un descubierto No podrá hacerse de forma automática
Coste de los descubiertos Tope de 2,5 veces el interés legal del dinero
Anunciar crédito preconcedido Seguirá permitido si no se activa sin autorización

La medida todavía no ha entrado en vigor

El anteproyecto sigue en fase de tramitación y todavía no ha entrado en vigor. Su entrada en vigor general está prevista veinte días después de que se publique en el BOE, algo que todavía no ha ocurrido. Las reglas sobre límites de coste se aplicarían tres meses más tarde, y algunas obligaciones para los prestamistas de alto coste se retrasarían hasta doce meses.

La directiva europea que España transpone fija la aplicación de sus medidas desde el 20 de noviembre de 2026, pero ese plazo comunitario no convierte por sí solo el anteproyecto en una norma vigente.

Intereses limitados y freno a las revolving

El anteproyecto fija además un límite transitorio del 22% de TAE para las nuevas operaciones de crédito al consumo. Ese tope se aplicará también a la liquidación de las tarjetas revolving ya contratadas, hasta que el Banco de España publique los tramos definitivos por importe.

Los descubiertos tampoco podrán generar intereses y comisiones que eleven la TAE por encima de 2,5 veces el interés legal del dinero.

Para Pablo Vega, el impacto en las concesiones será inmediato: “Topar el precio del crédito obligará a las entidades a endurecer sus análisis de riesgo. Al no poder compensar el riesgo de impago con intereses más altos, cerrarán el grifo a los perfiles menos solventes”.

La norma regula también los créditos de alto coste, entre los que se incluyen microcréditos y préstamos rápidos digitales.

  • Interés mensual máximo: 4%.
  • Comisión máxima: 5%, con un tope de 30 euros.
  • Plazo mínimo de devolución: tres meses.
  • Compra ahora, paga después (BNPL): queda incluido por primera vez dentro de la protección del crédito al consumo.

Supervisión del Banco de España para todos

Todas las entidades que concedan crédito al consumo, incluidas las plataformas digitales, deberán estar autorizadas y supervisadas por el Banco de España. Los contratos firmados con un prestamista sin autorización serán nulos.

“Incluir el modelo ‘Buy Now, Pay Later’ bajo el paraguas del supervisor nivela por fin el terreno de juego. Las plataformas digitales ya no podrán operar en la zona gris que evitaba los controles tradicionales de la banca”, añade el experto de Roams.

Las empresas que financien directamente sus propias ventas, como concesionarios o grandes almacenes, tendrán que canalizar esa financiación a través de una entidad autorizada o un intermediario regulado. Si no lo hacen, solo podrán ofrecer aplazamientos sin intereses.

Un cambio que llega tras años de litigios

Durante años, algunos bancos han ampliado límites de tarjetas o activado líneas de crédito por iniciativa propia, presentándolo como parte de campañas de fidelización. Esa práctica está en el origen de buena parte de los pleitos sobre tarjetas revolving, donde los tribunales han recurrido a la Ley de Represión de la Usura para anular contratos con intereses desproporcionados.

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