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Persona sosteniendo un móvil con varios mensajes SMS junto al logotipo de la CNMC
Seguridad

Miles de empresas aún pueden usar su alias en SMS sin estar inscritas: la CNMC les da hasta 3 meses

  • El bloqueo de SMS arrancó el 15 de septiembre
  • Solo para solicitudes previas al 14 de septiembre
Sergio Soto
Sergio Soto
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Los operadores de telefonía móvil ya bloquean los SMS, MMS y RCS que llegan con un alias no inscrito en el registro de la CNMC. El bloqueo de SMS con alias no registrados arrancó el pasado 15 de septiembre y afecta a bancos, aseguradoras, comercios, empresas de transporte y administraciones públicas.

Hay una excepción temporal, y es que los alias con la solicitud presentada antes del 14 de septiembre a las 15:00 pueden seguir usándose durante un máximo de tres meses. Las empresas que no presentaron su solicitud antes de ese plazo solo pueden enviar avisos con un número de teléfono como remitente.

“Esta normativa marca un antes y un después en las obligaciones de los operadores. La red de telefonía deja de ser una tubería pasiva y asume un rol activo de filtrado para frenar en seco la plaga del smishing”, analiza Ana de la Torre, experta de Roams en telecomunicaciones.

Qué es un alias y qué mensajes se bloquean

El alias es el nombre que aparece como remitente de un mensaje en lugar de un número de teléfono. Puede ser una marca, un nombre comercial, una denominación social o un dominio web, formado por letras, números o una combinación de ambos.

Hasta ahora, esa cabecera del SMS era un campo sin regular que cualquiera podía rellenar libremente. Los estafadores lo aprovechaban para hacerse pasar por un banco o una empresa de paquetería, una técnica conocida como smishing.

Con el nuevo sistema ante SMS falsos, los operadores consultan cada día la base de datos pública de la CNMC. Si el alias no coincide con ningún remitente validado, la red bloquea el mensaje antes de que llegue al móvil. El filtro se aplica en estos casos:

  • Alias no inscrito: cualquier identificador alfanumérico que no figure en el registro oficial.
  • Proveedor no autorizado: mensajes con un alias inscrito que llegan a través de un proveedor de mensajería no registrado.
  • Sin permiso del titular: envíos que no cuentan con la autorización expresa de la empresa dueña del alias.
  • Remitentes extranjeros: comunicaciones a números españoles desde empresas no inscritas en España, salvo que el destinatario esté en itinerancia (roaming).

“Hasta ahora, el remitente era un campo libre sin apenas regulación. Además, exigir el bloqueo de mensajes extranjeros hacia números españoles cierra la mayor puerta trasera del cibercrimen, que solía comprar tráfico mediante ’rutas grises’ en terceros países”, valora Ana de la Torre.

Tres meses de margen para los alias en trámite

La CNMC aprobó la Circular 3/2026, de 8 de septiembre, publicada en el BOE el 12 de septiembre. Los alias cuya solicitud se presentó antes del 14 de septiembre a las 15:00 quedan preinscritos y pueden seguir usándose. El margen dura hasta que venza el plazo del titular para autorizar el alias o hasta que la CNMC resuelva, con un máximo de tres meses.

Para acogerse a esta preinscripción, la solicitud debe cumplir los requisitos básicos de formato y aportar declaraciones responsables sobre la vinculación entre el alias y su titular. La propia circular define la medida como “estrictamente temporal y limitada”.

El regulador justifica esta excepción por el “volumen significativamente elevado” de solicitudes presentadas en las semanas previas al 15 de septiembre. Muchos titulares, además, no respondían a las comunicaciones de la CNMC, lo que dejaba expedientes sin cerrar.

A 10 de septiembre había 13.565 alias inscritos, según fuentes de la CNMC. Otras cerca de 6.000 empresas seguían con la solicitud en trámite, en unas cifras que, según el propio organismo, cambian “cada minuto”.

Qué pasa con las empresas que no se registraron

Una empresa sin alias inscrito ya no puede enviar mensajes identificados con su marca o su nombre. Sí puede seguir mandando avisos si prescinde del alias y el remitente que aparece es un número de teléfono.

El registro sigue abierto después del 15 de septiembre para alias olvidados o de nueva creación. Eso sí, un alias no puede utilizarse hasta que su inscripción sea efectiva. Las empresas pueden hacer el trámite en la sede electrónica de la CNMC.

  • Quién puede inscribirlo: el propio titular o un proveedor de mensajería que actúe en su nombre y acredite su vinculación con la marca, la denominación social o el dominio.
  • Cambios posteriores: un alias inscrito no se puede alterar directamente, pero el titular puede pedir modificaciones, suspensiones, reactivaciones o cancelaciones.
  • Solicitudes rechazadas: la CNMC ha desestimado un número elevado de peticiones por problemas técnicos o por falta de confirmación expresa del titular.

La CNMC, presidida por Juan José Ganuza, ha pedido a pymes y autónomos que revisen las notificaciones electrónicas que les ha enviado. El organismo ha detectado que un porcentaje significativo de esos avisos no se abre, lo que impide completar la autorización.

Del registro de alias al prefijo 400: el calendario

El bloqueo debía empezar el 7 de junio de 2026, pero la Orden TDF/558/2026 lo retrasó hasta el 15 de septiembre. El aplazamiento buscaba evitar el bloqueo indebido de alias legítimos, como los de avisos sanitarios o administrativos. La orden atribuye el retraso a la “extraordinaria complejidad” de la carga masiva de alias.

Fuentes de la CNMC han asegurado que no hay previsión de una nueva prórroga. También han recordado que esa decisión correspondería al Gobierno.

Elaboración propia con datos del BOE, la CNMC y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Calendario del registro de alias y del prefijo 400
Fecha Hito
15 de febrero de 2025 El BOE publica la Orden TDF/149/2025, que obliga a inscribir los alias en un registro gestionado por la CNMC y a bloquear los no inscritos
27 de marzo de 2026 El BOE publica la Circular 1/2026 de la CNMC, que regula el registro de alias
28 de marzo de 2026 Entra en vigor la Circular 1/2026 y queda constituido el registro de alias
5 de junio de 2026 El BOE publica la Orden TDF/558/2026, que aplaza el bloqueo del 7 de junio al 15 de septiembre
9 de junio de 2026 El BOE publica la Circular 2/2026, que modifica la Circular 1/2026 para facilitar la gestión de alias
12 de septiembre de 2026 El BOE publica la Circular 3/2026, con la preinscripción transitoria
15 de septiembre de 2026 Bloqueo obligatorio de SMS, MMS y RCS con alias no inscritos
17 de octubre de 2026 Prefijo 400 obligatorio para las llamadas comerciales

Las llamadas comerciales, con prefijo 400 en octubre

El Plan Antiestafas del Gobierno tiene otra fecha marcada después del bloqueo de los SMS. El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, anunció que el prefijo 400 será obligatorio en las llamadas comerciales desde el 17 de octubre.

A partir de ese día, las empresas tendrán que llamar desde una numeración de nueve dígitos que empiece por 400. Los operadores bloquearán las llamadas comerciales que no usen ese prefijo.

“Buscamos dos objetivos. El primero es evitar las estafas y el segundo garantizar derecho de todos los ciudadanos a saber que una llamada que reciben es comercial”, explicó López el 10 de agosto.

“El control de los SMS y las llamadas es un gran avance, pero no podemos confiarnos. El cibercrimen es muy adaptativo y este blindaje en las redes tradicionales provocará que los estafadores migren sus ataques masivos hacia aplicaciones como WhatsApp o Telegram”, advierte la experta de Roams.

Los consumidores piden no bajar la guardia

El portavoz de la OCU, Enrique García, valoró la medida en una entrevista radiofónica, aunque con cautela. Según García, “hasta ahora se han aprobado muchas medidas que con el tiempo se han visto insuficientes”.

García recordó que en 2025 se registraron 470.000 denuncias por estafas digitales en España. Por eso, la OCU recomienda mantener “una sana desconfianza” ante los mensajes recibidos. La organización también reclama extender la identificación a cualquier SMS o llamada y destaca que el 95 % de los consumidores sufre llamadas no deseadas, según sus encuestas.

FACUA-Consumidores en Acción, por su parte, espera que las administraciones inspeccionen los mensajes bloqueados por no estar inscritos. El objetivo, según la asociación, es identificar y perseguir los intentos de fraude a los consumidores.

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