
El regalo del banco no era gratis: así tributa en la Renta 2025 y en qué casilla tienes que declararlo
- Dinero en efectivo y regalos físicos no tributan igual
- Qué pasa si no lo declaras y cómo repartirlo si hay varios titulares
Estamos en plena
“Cuando llega la Declaración de la Renta, muchos contribuyentes descubren que el regalo del banco no era simplemente un obsequio comercial, sino un
Para Hacienda, estos obsequios se consideran rendimientos del capital mobiliario y conllevan el pago obligatorio de impuestos.
Dinero en efectivo frente a regalos físicos: no tributan igual
El mayor error al revisar el borrador es tratar todos los regalos de la misma manera. Dependiendo de si recibiste dinero o un producto, la tributación cambia por completo:
- Dinero en efectivo: si el banco te regala 300€, normalmente retiene automáticamente el 19% (57€) y lo ingresa en Hacienda. Tú recibes 243€ netos, y suele aparecer correctamente reflejado en el borrador.
- Regalos físicos (TV, móviles, tablets): el banco debe hacer un ingreso a cuenta en Hacienda por ese producto. A la hora de declarar, debes sumar el valor de mercado del regalo más ese ingreso (salvo que ya te lo hayan descontado).
“Con estos incentivos, el borrador no debería confirmarse sin revisar”, resume Pablo Vega. “Si el cliente ha recibido un bien en especie, conviene comprobar si la entidad ha hecho ingreso a cuenta, si lo ha repercutido o no y cómo se ha integrado en la declaración”, añade.
Casilla 0027 y tramos del IRPF que debes conocer
Si tu banco no ha incorporado correctamente los datos en el borrador, tendrás que introducirlos manualmente. Estos incentivos se declaran en la casilla 0027 del modelo 100.
Al integrarse en la Base del Ahorro, tributan con tipos fijos, no con el IRPF general de tu salario. Estos son los tramos actuales:
| Valor del regalo bancario | Tipo impositivo |
|---|---|
| Hasta 6.000€ | 19% |
| De 6.001€ a 50.000€ | 21% |
| De 50.001€ a 200.000€ | 23% |
| De 200.001€ a 300.000€ | 27% |
| Más de 300.000€ | 30% |
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Para evitar errores, es fundamental solicitar al banco el certificado de retenciones, donde se detalla el valor del regalo y el ingreso a cuenta aplicado.
Cuidado con las cuentas compartidas y las temidas multas
Uno de los errores más frecuentes se da en las cuentas con varios titulares. Si el banco regala un dispositivo valorado en 400€, Hacienda exige repartir ese importe.
Es decir, cada titular debe declarar 200€ en su correspondiente declaración. Conviene revisar el borrador para asegurarse de que no se imputa el 100% a una sola persona.
¿Y si decides no declararlo? La Agencia Tributaria cruzará los datos enviados por el banco con tu declaración. Si detecta la omisión, emitirá una declaración paralela.
Esto implica pagar la cantidad pendiente, los intereses de demora y una
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