
¿Cómo reclamar una hipoteca afectada por el IRPH tras el fallo del Supremo?
- Escritura, ofertas vinculantes, simulaciones o notas informativas serán relevantes en la revisión
- Los expertos creen que se podría reclamar hasta el 27% del préstamo hipotecario
La sentencia del Supremo sobre el IRPH ha confirmado lo que adelantamos ayer: el alto tribunal no declara nulo el índice de forma general, sino que exige analizar hipoteca por hipoteca en función de la información que recibió el consumidor. Con ello, la decisión mantiene vivas miles de reclamaciones y abre una nueva vía para quienes dudan sobre si pueden recuperar dinero.
Para entender qué supone este escenario y qué deben hacer ahora los afectados, contamos con las conclusiones de Ángel Sánchez, abogado y socio de Asoban Abogados, bufete especializado en litigios hipotecarios.
El Supremo exige revisar caso por caso: la transparencia será decisiva
El punto clave es si el banco explicó suficientemente el funcionamiento del IRPH. Sánchez detalla que la reclamación se apoyará en tres preguntas:
- ¿Se explicó cómo se calcula el IRPH? Muchos contratos no describen el índice, su media, ni por qué casi siempre es más alto que el euríbor.
- ¿Se informó de su impacto económico a largo plazo?
- ¿Se incluyó el “diferencial negativo” recomendado para compensar ese mayor coste? En la mayoría de préstamos, este punto simplemente no aparece.
¿Qué puede conseguir un consumidor si el juez estima su demanda?
El escenario más habitual, según Sánchez, es el siguiente:
- El juez declara nula la cláusula IRPH por falta de transparencia.
- El préstamo se recalcula normalmente aplicando euríbor u otro índice sustitutivo.
- El banco debe devolver todas las cantidades cobradas de más durante la vida del préstamo.
- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que el consumidor no puede quedar peor tras la anulación.
Según las reclamaciones ya tramitadas por Asoban, la media de devolución reclamada tras adaptar el contrato a los criterios del TJUE ronda el 27,3%. Esto significa que, para una una hipoteca de 150.000€, se podrían recuperar unos 41.000€, mientras que para una de 400.000€ la devolución estimada asciende a 109.000€.
¿Hasta cuándo se puede reclamar?
Ángel Sánchez aclara que no existe un plazo máximo para pedir la nulidad de la cláusula IRPH. Por lo tanto, se puede reclamar:
- Mientras el préstamo siga activo.
- Incluso después de haberlo terminado de pagar, porque se trata de una acción de nulidad de condición abusiva, y estas no prescriben.
¿Habrá una avalancha de demandas?
Según el experto, no se espera un colapso inmediato, pero sí un repunte progresivo. Muchos afectados que habían detenido sus reclamaciones a la espera del Supremo retomarán ahora el proceso, ya que la sentencia confirma que la batalla debe librarse caso por caso.
Además, la reciente resolución del TJUE (diciembre de 2024) refuerza aún más la necesidad de examinar cada contrato y exige un control de transparencia real y no presunto.
¿A qué bancos afecta el IRPH y cuál puede ser el impacto económico?
El IRPH fue utilizado por la mayoría de grandes entidades financieras españolas en los años previos a la crisis, especialmente por antiguas cajas de ahorro -luego fusionadas- y también por bancos como UCI, CaixaBank, BBVA, Santander, Kutxabank o Sabadell. Se presentó como una alternativa “más estable” al euríbor, pero en la práctica resultó ser más caro, más volátil y menos transparente, lo que ha originado miles de reclamaciones.
Asoban Abogados recuerda que, si los tribunales declaran la nulidad de la cláusula en un número considerable de hipotecas, el impacto económico para el sector podría ser relevante: los recálculos del préstamo pueden obligar a las entidades a devolver entre un 20% y un 30% de lo pagado, dependiendo del caso.
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