
Visitas sin avisar y derecho a cortar el suministro: así quiere frenar el fraude de gas la CNMC
- Podrán cortar si se impide el acceso en dos visitas consecutivas
- Quien denuncie a un vecino asumirá los costes si no se confirma el fraude
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha presentado una propuesta oficial para frenar el fraude de gas en España. El organismo plantea otorgar una mayor autonomía a las distribuidoras, permitiéndoles realizar inspecciones sin previo aviso y, bajo determinadas circunstancias, cortar el suministro a los infractores.
Para evitar que se puedan ocultar posibles manipulaciones en la instalación, compañías como Naturgy o Nortegas podrán visitar los domicilios por sorpresa. Si el técnico no puede acceder a la vivienda, dejará un aviso programando una segunda visita con siete días de margen.
Si en este segundo intento también se impide el paso, la distribuidora quedará autorizada para interrumpir el suministro de gas. Además, el corte se ejecutará de forma automática si se detectan “enganches ilegales” o cualquier alteración que suponga un riesgo para la seguridad del edificio.

Aunque atajar el fraude es una medida enfocada en reducir el sobrecoste que termina asumiendo el conjunto de los usuarios, la redacción de la propuesta plantea algunos interrogantes sobre la protección al consumidor, en mi opinión. Al recaer el peso del control en las propias distribuidoras, sin requerir la intervención previa de un organismo de mediación independiente, se eleva la vulnerabilidad procesal de las familias en caso de discrepancia.
Uno de los puntos más delicados es la gestión de las ausencias. Según mi visión, en la práctica, el hecho de que no haya nadie en el domicilio tras dos intentos de visita no implica necesariamente que exista una manipulación del contador. Sin embargo, dado que la normativa permite aplicar el corte de suministro por imposibilidad de acceso a los
Sanciones más duras y su método de cálculo
El objetivo del regulador es que la factura final tenga un claro efecto disuasorio, ya que las conexiones ilegales encarecen los costes del resto de consumidores. Para calcular la deuda económica por el gas desviado, se aplicarán estas tres reglas clave:
- Precio de referencia: se usará la media del Mercado Ibérico del Gas (MIBGAS), que es el mercado mayorista donde se compra y vende diariamente esta energía.
- Recargo de castigo: al precio del gas se le sumarán los peajes y cargos correspondientes, más un recargo adicional de 10 euros por megavatio hora sobre dichos peajes y cargos.
- Periodo reclamable: las empresas cobrarán un máximo de tres años de fraude, o dos años por defecto si resulta imposible averiguar cuándo empezaron las irregularidades.
Estimaciones si no se puede medir el gas desviado
En aquellas viviendas donde los técnicos no puedan cuantificar de forma exacta cuánto gas se ha consumido de forma ilícita, se aplicarán estimaciones estándar. Para ello, se tomarán como referencia las estimaciones de capacidad máxima o los promedios habituales del sector según la ubicación geográfica de la casa, que pueden alcanzar cifras como las siguientes:
| Zona climática | Consumo anual |
|---|---|
| Zonas más cálidas | 6.000 kWh |
| Zonas más frías | 18.000 kWh |
Descuentos por pronto pago y proceso de reclamación
Si un usuario es notificado de una infracción y asume su responsabilidad rápidamente, tendrá la opción de reducir el impacto económico del expediente. Quienes abonen la deuda en un plazo máximo de 20 días hábiles verán cómo los recargos adicionales se reducen a la mitad.
Acogerse a este descuento implica renunciar a presentar alegaciones o recursos posteriores. Por otro lado, si el infractor no tiene liquidez para pagar el total en un único abono, la propuesta permite fraccionar la cantidad adeudada en seis mensualidades.
La dificultad que subyace en este modelo recae en el orden del procedimiento administrativo. Si el suministro se interrumpe por ausencia en el domicilio o presunción de fraude, la práctica habitual derivará en que el cliente deba abonar primero la sanción económica para recuperar el servicio, quedando relegada cualquier posible reclamación o defensa para después.
Para mí, esto supone una alteración en la carga de la prueba que puede dificultar la protección del usuario frente a errores de lectura o de la compañía.

Alertas vecinales y riesgo económico al denunciar
La nueva medida habilita explícitamente a cualquier ciudadano para que dé la voz de alarma si sospecha que en su bloque hay un enganche ilegal. No obstante, la propuesta normativa contempla una condición que conlleva implicaciones económicas para el denunciante.
El borrador establece que los gastos de la revisión los pagará el infractor si se confirma la irregularidad. Pero si el técnico acude al domicilio y no detecta ninguna alteración, los costes íntegros de la intervención correrán a cargo del vecino que solicitó la inspección.
Esta cláusula, introducida presumiblemente para evitar alertas infundadas, actúa de facto como un desincentivo. Al trasladar la responsabilidad económica a quien da el aviso si la inspección resulta ser negativa, existe la alta probabilidad de que los ciudadanos sean reticentes a colaborar y no reporten sospechas genuinas por temor a asumir el coste de un error de apreciación.
Modernización de normativas de 1973
Con este nuevo plan, la CNMC busca actualizar unas regulaciones energéticas que en algunos de sus detalles técnicos todavía se basan en leyes del año 1973. Hasta ahora, el peso administrativo de multar este fraude recaía en las Comunidades Autónomas, un modelo que el propio regulador califica como “poco operativo”.
Al pasar la competencia del control y la facturación directamente a las empresas distribuidoras, se pretende agilizar los trámites contra los infractores. La decisión final y la redacción del Real Decreto definitivo recaen ahora en el Ministerio para la Transición Ecológica.
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