
Si tienes una carretilla o un vehículo interno, ojo: podrías enfrentarte a multas muy serias
- Un cambio legal amplía qué se considera “vehículo” y cuándo existe circulación
- Maquinaria habitual en naves y recintos privados entra ahora en el radar del seguro obligatorio
Desde el pasado 26 de julio de 2025, miles de autónomos y pymes en España están obligados por ley a contratar un seguro obligatorio de responsabilidad civil para vehículos que hasta ahora se consideraban “internos” y que nunca habían necesitado póliza específica. El problema es que muchos negocios siguen operando con ellos a diario sin saber que la norma ya ha cambiado.
La
Qué ha cambiado exactamente
La ley redefine el concepto de vehículo a motor -y en este caso no hay cambios de última hora, como con el
- Supere los 25 km/h de velocidad máxima
- Pese más de 25 kilos y pueda superar los 14km/h
Con estos umbrales, gran parte de la maquinaria utilizada en logística, industria, comercio, jardinería, mantenimiento o construcción entra automáticamente en el ámbito del seguro obligatorio, aunque no circule por la vía pública.

Además, la norma amplía el concepto de circulación. Ya no se limita a calles o carreteras, sino que incluye cualquier uso del vehículo conforme a su función de transporte dentro de un recinto, como naves, almacenes, fábricas, puertos o aeropuertos. Es decir, un accidente dentro de unas instalaciones privadas también cuenta como hecho de la circulación.
La RC del negocio no es suficiente
Uno de los puntos clave es que esta obligación no queda cubierta por la responsabilidad civil general de la empresa. Si el daño se produce con uno de estos vehículos en circulación, se exige una póliza específica, igual que ocurre con un coche o una furgoneta.
La única exclusión clara es la de la maquinaria industrial fija. En el resto de casos, si el vehículo se mueve por sí mismo y cumple los umbrales legales, debe estar asegurado.
Un periodo transitorio que se agota
La ley establece un periodo transitorio de seis meses para que las empresas regularicen su flota. Durante este tiempo, si un vehículo sin asegurar provoca un accidente, el Consorcio de Compensación de Seguros se hará cargo del siniestro, pero repercutirá posteriormente el coste íntegro al propietario si no tenía póliza contratada.
Esto supone un riesgo patrimonial elevado para los negocios que no se adapten a tiempo, ya que una reclamación puede acabar suponiendo miles o incluso cientos de miles de euros.
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