
El Consorcio de Seguros refuerza su escudo ante accidentes nucleares: así amplía coberturas clave
- Asumirá durante décadas los costes legales ligados a reclamaciones por daños personales
- La medida amplía el respaldo al sector tras el aumento de la responsabilidad civil nuclear
El Consorcio de Compensación de Seguros se prepara para reforzar su papel ante un eventual accidente nuclear en España. El organismo ampliará las coberturas que ofrece a las aseguradoras para hacer frente a las reclamaciones derivadas de este tipo de siniestros, incorporando ahora gastos de defensa jurídica, gastos judiciales e intereses legales asociados a daños personales.
Esta ampliación figura en un borrador de Orden del Ministerio de Economía que se encuentra actualmente en fase de consulta pública. Según el texto, las nuevas garantías del Consorcio se activarán a partir del décimo año desde la ocurrencia del accidente nuclear y se extenderán hasta el trigésimo, un periodo especialmente relevante en este tipo de riesgos por la larga latencia de algunos daños personales.
En la práctica, la medida supone dar continuidad y ampliar el respaldo público que el Consorcio ya asumió en 2022. Aquel año entró en vigor una normativa que incrementó de forma significativa las obligaciones de responsabilidad civil de los explotadores nucleares, elevando el límite mínimo obligatorio de cobertura desde los 700 millones de euros hasta los 1.200 millones, tanto para accidentes ocurridos en instalaciones situadas en España como para incidentes internacionales cuando el operador responsable sea español.

REFUERZO DE LA RESPONSABILIDAD NUCLEAR. Esa reforma también amplió el concepto de daño nuclear. Desde entonces, no solo se contemplan los daños personales y materiales, sino también las pérdidas económicas derivadas, los gastos de medidas preventivas, las actuaciones necesarias para la restauración del medio ambiente y el lucro cesante. Además, el plazo para presentar reclamaciones por daños personales pasó de 10 a 30 años desde la fecha del accidente.
El nuevo paso que ahora plantea el Ministerio responde a una preocupación expresa del sector asegurador. Las compañías han advertido de que, más allá de las indemnizaciones, los costes legales asociados a litigios complejos y prolongados pueden ser muy elevados y difíciles de asumir sin un respaldo adicional.
Por este motivo, han solicitado que el Consorcio, junto a otras sucesos extraordinarios como los
RECLAMACIONES DURANTE HASTA 30 AÑOS. Eso sí, la cobertura del Consorcio no será ilimitada. El borrador de la Orden establece que solo asumirá los gastos judiciales y de defensa en la medida en que estén directamente vinculados a reclamaciones cubiertas por la responsabilidad civil nuclear obligatoria. Es decir, no se tratará de una protección general, sino estrictamente ligada a los siniestros que entren dentro del marco legal de este seguro.
Con esta ampliación, el Consorcio refuerza su función como pieza clave del sistema de protección frente a riesgos extraordinarios, en un ámbito -el nuclear- donde las aseguradoras privadas reconocen no disponer de capacidad suficiente para afrontar en solitario las consecuencias económicas y jurídicas de un accidente de gran magnitud.
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