Pueblo nevado con casas en ruinas y coche de la Guardia Civil tras derrumbe o catástrofe.
Compañía de seguros

Cómo reclamar al seguro los daños en hogares y coches provocados por las borrascas Ingrid, Joseph y Kristin en España

  • Respetar los plazos y reunir pruebas es clave para que la reclamación prospere
  • Según el tipo de daño, la indemnización puede corresponder a la aseguradora o al Consorcio
Andrea Benito
Andrea Benito
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El paso de las borrascas Ingrid, Joseph y Kristin ha dejado miles de incidencias en toda España, con daños en viviendas, vehículos y servicios contratados. Su impacto también se ha notado con fuerza en la carretera: según datos del RACE, los siniestros aumentaron un 31% a nivel nacional durante la jornada del 28 de enero, coincidiendo con el episodio más intenso del temporal, y hasta un 92% en la Comunidad de Madrid.

Superada la fase más crítica del temporal, llega ahora el momento clave para los afectados: saber cómo reclamar correctamente los daños al seguro y a quién dirigirse según el tipo de siniestro y la cobertura contratada.

El plazo para comunicar el siniestro: siete días

Lo primero que deben tener en cuenta los afectados es que la Ley de Contrato de Seguro establece un plazo máximo de siete días para comunicar el siniestro a la aseguradora desde que se tiene conocimiento de los daños, salvo que la póliza contemple un periodo mayor.

Mujer estresada hablando por teléfono y revisando facturas o documentos frente al portátil.

“Aunque la ley marque ese plazo, lo aconsejable es avisar a la aseguradora lo antes posible, incluso si todavía no se dispone de toda la documentación”, explica David Salazar, experto en Seguros. “Ese primer aviso deja constancia del siniestro y evita problemas posteriores en la tramitación”, añade.

Las asociaciones de consumidores recomiendan notificar el siniestro cuanto antes, incluso aunque todavía no se disponga de toda la documentación, para evitar problemas posteriores con la tramitación o la pérdida de derechos frente a la compañía.

Qué documentación conviene reunir

Para facilitar la reclamación, es fundamental documentar los daños de forma exhaustiva. Fotografías, vídeos, presupuestos de reparación y facturas son claves para que el perito pueda valorar correctamente el alcance del siniestro.

También conviene tener a mano la póliza del seguro, las condiciones generales y particulares, así como el recibo que acredite que el seguro estaba en vigor y al corriente de pago en el momento del temporal.

Cuándo interviene el Consorcio de Compensación de Seguros

En los casos en los que los daños estén provocados por lo que la normativa considera “acontecimientos extraordinarios”, puede entrar en juego el Consorcio de Compensación de Seguros.

Este organismo público cubre, entre otros supuestos, los daños causados por inundaciones extraordinarias o vientos de especial intensidad. De hecho, tras las borrascas de otoño ya recibió más de 21.000 solicitudes de indemnización.

Fachada de la sede del Consorcio de Compensación de Seguros en Madrid.

En el caso concreto del viento, el Consorcio suele intervenir cuando se acreditan rachas superiores a los 120 km/h, siempre que el bien afectado esté asegurado y la póliza esté vigente. Si no se alcanza ese umbral, la responsabilidad recae normalmente en la aseguradora, según lo que contemple el contrato.

Daños en viviendas y otros bienes

Más allá de los vehículos, las borrascas han provocado numerosos daños en viviendas, comunidades de vecinos y locales comerciales, como inundaciones, filtraciones, desprendimientos de fachadas, rotura de cristales o daños en instalaciones eléctricas y electrodomésticos.

En muchos casos, los afectados descubren tras el temporal que su seguro del hogar no cubre automáticamente este tipo de siniestros, ya que la protección frente a fenómenos meteorológicos extremos suele estar sujeta a baremos técnicos, como la intensidad del viento o el volumen de agua acumulada.

Esta mayor exposición a episodios extremo también está detrás del encarecimiento de muchas pólizas en los últimos años, una tendencia ligada directamente al impacto del clima en el sector asegurador.

“Es habitual que el asegurado no tenga claro si debe reclamar a su compañía o al Consorcio, especialmente en daños en viviendas”, señala Salazar. “Por eso es importante revisar la póliza y confirmar si el siniestro encaja dentro de los supuestos extraordinarios o si debe responder la aseguradora”, indica.

Daños en vehículos: qué seguro responde

Los desperfectos en vehículos generan muchas dudas tras un temporal. Si el daño se considera extraordinario y se superan los umbrales fijados, el Consorcio indemniza independientemente del tipo de seguro contratado, siempre que exista póliza.

Pareja intentando cambiar rueda pinchada de coche averiado en el arcén de carretera mojada.

En caso contrario, la cobertura dependerá del seguro del conductor. Los seguros a todo riesgo y los terceros ampliados que incluyan fenómenos atmosféricos suelen cubrir estos daños, mientras que los seguros a terceros básicos, por norma general, no lo hacen.

Un consejo clave es no reparar los daños antes de que sean valorados por un perito, salvo que exista un riesgo para la seguridad o una orden expresa de la autoridad. En esos casos, es recomendable solicitar algún documento oficial o acta que deje constancia del estado de los desperfectos antes de la intervención.

Reclamaciones por servicios cancelados

Más allá de los daños materiales, muchos usuarios se han visto afectados por cancelaciones de trenes, vuelos, hoteles o espectáculos. En estos casos, es posible reclamar a las empresas prestadoras del servicio y, si existen dudas, recurrir a asociaciones de consumidores para recibir asesoramiento y apoyo en la defensa de sus derechos.

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