
Hacienda prevé una sola fecha para Verifactu: octubre de 2028, junto a la factura electrónica
- La alineación de calendarios aún debe aprobarse
- Tercer aplazamiento del regalmento
Hacienda prevé aplazar Verifactu hasta octubre de 2028, según la comunicación que el Ministerio publicó el 5 de octubre de 2026. Es el tercer aplazamiento del reglamento y pasa a coincidir con la factura electrónica obligatoria para pymes y autónomos.
Con el cambio, las obligaciones de Verifactu y de facturación electrónica llegarían a la vez a pymes y autónomos. La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) y la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) han celebrado la decisión.
Qué ha comunicado el Ministerio de Hacienda
La nota prevé aplazar las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, hasta octubre de 2028. Esa fecha coincide con la obligatoriedad de la factura electrónica para empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los 8 millones de euros.
El departamento justifica el cambio en “favorecer la máxima convergencia posible” entre ambos sistemas, tanto en lo normativo como en lo técnico. El documento es una nota informativa del Ministerio y habla de una previsión: la alineación de calendarios todavía debe aprobarse.
Nuevas fechas frente al calendario vigente
El calendario vigente fija dos fechas distintas según el tipo de contribuyente. La previsión de Hacienda las sustituye por una sola.
| Calendario vigente | Previsión de Hacienda | |
|---|---|---|
| Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 | Octubre de 2028 |
| Resto de obligados | 1 de julio de 2027 | Octubre de 2028 |
El tercer aplazamiento del reglamento
El reglamento debía aplicarse inicialmente el 1 de julio de 2025 a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades. El Real Decreto 254/2025, de 1 de abril, lo movió a 2026 y el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, a las fechas de 2027 que ahora quedarían atrás.
Los colectivos profesionales habían denunciado que el tejido empresarial más modesto no estaba preparado y que adoptar el sistema podía suponer un aumento de costes. Con la nueva fecha, pymes y autónomos dispondrán de más margen para adaptarse a Verifactu.
“El tercer aplazamiento da más margen a las empresas, pero también refleja la dificultad de implantar una transformación de este tamaño en un tejido empresarial formado en gran medida por pequeños negocios. No todos parten del mismo nivel de digitalización”, señala Pablo Vega, experto en finanzas de Roams.
La reacción de los asesores fiscales y los autónomos
La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) ha celebrado la decisión. Recuerda que en junio de 2026 presentó una propuesta de hoja de ruta para la transición de la factura electrónica y la directiva europea ViDA. Según Aedaf, esa iniciativa, que presentó a los medios y a todos los grupos parlamentarios, derivó en el debate de una propuesta de modificación en el Senado, lo que a su juicio propició la decisión de la Agencia Tributaria.
Según Aedaf, el objetivo era “buscar una transición ordenada hacia un modelo armonizado que redujera costes, evitara duplicidades y reforzara la eficiencia del sistema tributario”. La asociación considera que ese objetivo “se ha conseguido”.
Aedaf añade que la coordinación permitirá “alinear progresivamente el sistema español con el modelo de información digital que será obligatorio en el ámbito de la Unión Europea a partir de 2030”. Evitaría así, según la asociación, “sucesivas adaptaciones de los sistemas de facturación en un periodo muy reducido de tiempo”.
Lorenzo Amor, presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), afirmó el 5 de octubre de 2026 que era una medida que “veníamos pidiendo y que hemos reclamado en las últimas semanas”. Considera que “no tiene sentido que entre en vigor una norma nueva” y que, al año siguiente, “se tenga que aplicar otro nuevo sistema como es la facturación electrónica”. Con el calendario vigente, Verifactu empezaba en 2027 y la factura electrónica de pymes y autónomos, en octubre de 2028.
Qué exige Verifactu y a quién afecta
Verifactu refuerza los requisitos de los sistemas informáticos de facturación para avanzar en la lucha contra el fraude fiscal, aunque
Ese registro se conserva en la Agencia Tributaria, en la modalidad Verifactu, o en el propio sistema de facturación, en la modalidad no Verifactu. La obligación alcanza a las empresas y profesionales que facturan con programas informáticos. Quedan excluidos:
- Facturación manual: quienes no facturan o lo hacen de forma manual.
- Suministro inmediato de información: los contribuyentes adscritos a este sistema (SII), entre ellos las empresas que facturan más de 6 millones de euros.
- País Vasco y Navarra: los residentes en estos territorios, que cuentan con sistemas propios.
El resto deberá cambiar su software de facturación por uno adaptado, una responsabilidad que la norma traslada a los proveedores de esos programas. La Agencia Tributaria ofrece además una aplicación gratuita, pensada para autónomos, profesionales y empresas con pocas facturas, que genera la factura con código QR y envía el registro a la Administración.
Cómo encaja con la factura electrónica obligatoria
La Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026, activa el calendario de la factura electrónica entre empresas. Concede 12 meses a las empresas con facturación superior a 8 millones de euros y 24 meses al resto de empresarios y profesionales, contados desde su entrada en vigor. La orden entró en vigor el 6 de octubre de 2026, por lo que los plazos vencen en octubre de 2027 y octubre de 2028.
“El problema de implantar dos sistemas con calendarios diferentes no era únicamente económico. También obligaba a formar al personal, modificar procedimientos y probar integraciones dos veces en muy poco tiempo. Coordinar ambos cambios reduce parte de esa complejidad”, apunta Vega.
Una vez aprobada la alineación, Hacienda abordará una modificación para hacer converger los ámbitos de aplicación y ciertos aspectos técnicos con los futuros requisitos de reporte digital de ViDA. Las exigencias de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad se mantendrán “en términos sustancialmente equivalentes” a los previstos actualmente.
Las empresas con una facturación superior a 8 millones de euros tendrán que emitir factura electrónica en octubre de 2027, un año antes de la fecha prevista ahora para Verifactu.
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