
Experto desmonta los mitos más comunes sobre la Declaración de la Renta (y cuáles pueden hacerte pagar de más)
- Creencias sobre pagadores, borradores o tramos del IRPF pueden salir caras
- Aclaramos cuándo conviene presentar y qué errores se repiten cada año
La campaña de la Declaración de la Renta está a la vuelta de la esquina y, como cada año, vuelven las mismas dudas: ¿estoy obligado a declarar?, ¿si tengo dos pagadores pagaré más?, ¿el borrador está bien tal cual?
Más allá de los
1. “Si no estoy obligado a declarar, no merece la pena presentarla”
Falso. “Que no estés obligado a declarar no significa que no te convenga hacerlo. Si te han practicado retenciones superiores a las que realmente te corresponden o tienes derecho a
2. “Si presento la declaración un año, ya estoy obligado todos los años”
No es cierto. “Presentar la declaración un año no genera una obligación automática para los siguientes. La obligación se determina cada ejercicio en función de los ingresos obtenidos, el número de pagadores y otras circunstancias fiscales”.
3. “El borrador de Hacienda está perfecto: lo confirmo y listo”
Error frecuente. “El borrador es una herramienta, no una declaración cerrada. Si confirmas sin comprobar información como alquileres, ventas,
4. “Si pido el borrador, ya tengo obligación de presentar la declaración”
Falso. “Solicitar o acceder al borrador no implica estar obligado a presentar la declaración. La obligación depende de los límites legales, no del hecho de consultar Renta WEB”.
5. “Si tengo dos pagadores, seguro que estoy obligado a declarar”
Depende. “El límite general es 22.000€ con un pagador. Si hay más de uno y lo cobrado del segundo supera 1.500€, el umbral baja a 15.876€. Si no supera esa cantidad, se mantiene el límite de 22.000€”.
Tener dos pagadores no implica pagar más impuestos, sino que puede cambiar el límite de obligación.
6. “Cobrar el paro no cuenta como segundo pagador”
Falso. “El SEPE es un pagador más a efectos fiscales. Si has trabajado parte del año y luego has cobrado prestación por desempleo, tienes dos pagadores. Y eso puede modificar el umbral de obligación”.
7. “Si cobro el paro estoy obligado a hacer la declaración”
No necesariamente. “Cobrar el paro no obliga automáticamente a presentar la declaración. La obligación sigue dependiendo de los límites generales del IRPF”.
8. “Si cobro el Ingreso Mínimo Vital no hace falta hacer la declaración”
Error. “En el caso del Ingreso Mínimo Vital, sí existe obligación de presentar la declaración, incluso aunque no se alcancen los mínimos generales de ingresos”.
9. “Si soy autónomo y gano poco, no tengo que hacer la Renta”
Falso. “Si has estado de alta como
10. “La conjunta siempre sale mejor si estás casado”
No siempre. “La tributación conjunta solo suele ofrecer ventajas cuando existe un claro desequilibrio económico dentro del matrimonio, especialmente si uno de los cónyuges carece de ingresos o estos son mínimos”.
11. “Si me suben el sueldo y paso de tramo, cobraré menos”
Uno de los mitos más extendidos. “El IRPF es progresivo por tramos. Solo tributa a un tipo superior la parte del salario que supera el límite del tramo anterior. Nunca cobras menos por subir de tramo”.
12. “Si me sale a pagar, no puedo fraccionar o tiene intereses”
Incorrecto. “Si la declaración sale a ingresar, puedes fraccionar el pago en dos plazos -60% al presentar y 40% en noviembre- sin intereses ni recargos, siempre que presentes en plazo”.
13. “Hacienda puede tardar lo que quiera en devolver y no paga intereses”
Tampoco es cierto. “La Agencia Tributaria dispone de seis meses para efectuar la devolución. Si supera ese plazo por causa imputable a la Administración, se devengan intereses de demora automáticamente”.
14. “El alquiler de vivienda habitual desgrava siempre”
No exactamente. “A nivel estatal, la deducción por alquiler quedó en régimen transitorio para contratos anteriores a 2015. Lo que existen actualmente son deducciones autonómicas, que varían según la comunidad”. También existen
15. “Los gastos veterinarios desgravan desde la Ley de Bienestar Animal”
Falso. “No existe una deducción estatal en IRPF por gastos veterinarios derivada de esa ley. Con carácter general, no son deducibles”.
16. “Si heredo, tendré que pagar mucho en la declaración de la Renta”
No. “La herencia no tributa en el IRPF. Se liquida a través del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En la Renta solo tributarán los rendimientos posteriores que generen esos bienes”.
Conclusión: cuidado con los mitos fiscales
Como resume Pablo Vega, “en fiscalidad, las decisiones deben tomarse con datos, no con creencias populares. Un pequeño error por desconocimiento puede salir caro”.
Antes de confirmar tu declaración, revisa bien tu situación personal, los límites legales y las posibles deducciones. Puede marcar la diferencia entre pagar de más... o recuperar dinero.
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