
Antes de fiarte de un SMS, pronto podrás comprobar si el remitente es real o está suplantando a tu banco
- La CNMC lanza un registro obligatorio de remitentes
- Los SMS no verificados serán bloqueados automáticamente
Los operadores de telecomunicaciones españoles bloquearán de forma automática cualquier SMS cuyo remitente no esté verificado a partir del 7 de junio de 2026. La CNMC ha puesto en marcha el Registro de alias, una base de datos centralizada que obliga a las empresas a inscribir los nombres que utilizan como remitente en mensajes de texto antes de esa fecha.
La medida
Qué es el Registro de alias y cómo funciona
El Registro de alias es una plataforma gestionada por la CNMC donde se inscriben todos los identificadores alfanuméricos que las empresas y administraciones públicas utilizan como remitentes en mensajes SMS, MMS y
Para inscribir un alias, la empresa debe acreditar documentalmente que el nombre está vinculado a su marca, nombre comercial, denominación social o dominio de internet. La CNMC no solo almacena el alias, sino que lo asocia a un titular responsable y a los proveedores de mensajería autorizados para gestionarlo.
La circular que regula el registro se publicó en el BOE el 27 de marzo de 2026 y entró en vigor al día siguiente. Los requisitos técnicos para los alias son los siguientes:
- Longitud: entre 3 y 11 caracteres.
- Caracteres permitidos: letras (incluidas ñ y ç), números, y símbolos como @, -, _, . y +.
- Prohibiciones: alias exclusivamente numéricos, caracteres acentuados, espacios consecutivos o al inicio y final del nombre.
Calendario: de las pruebas al bloqueo real
El regulador ha establecido un periodo de transición para que empresas y operadores adapten sus sistemas sin cortes en el servicio. Estas son las fechas clave:
| Fecha | Qué ocurre | |
|---|---|---|
| Entrada en vigor | 28 de marzo de 2026 | La circular es efectiva y el registro comienza a aceptar inscripciones |
| Carga masiva | Hasta el 28 de abril de 2026 | Los proveedores pueden inscribir de golpe todos los alias que ya están en uso |
| Pruebas técnicas | Hasta el 6 de junio de 2026 | Los operadores prueban sus sistemas de filtrado con datos reales |
| Bloqueo obligatorio | 7 de junio de 2026 | Todo SMS con alias no registrado será rechazado automáticamente |
También afecta a empresas extranjeras
Las compañías internacionales que envíen mensajes a números españoles no quedan exentas. Si una entidad extranjera quiere utilizar un alias para comunicarse con usuarios en España, deberá inscribirse en el registro o tramitar el alta a través de un proveedor habilitado en el país.
La única excepción contemplada en la normativa es el tráfico de mensajes dirigido a usuarios en situación de itinerancia (roaming). Además, un alias cancelado queda inhabilitado durante seis meses para evitar que un tercero lo reutilice con fines fraudulentos.
Un buscador público para verificar SMS
Como parte de las medidas de transparencia, la CNMC habilitará un portal público en su página web donde cualquier ciudadano podrá consultar si un alias está registrado y a qué empresa pertenece. La herramienta permitirá verificar en tiempo real la legitimidad de un SMS recibido, facilitando la detección de intentos de fraude.
Si recibes un mensaje de un remitente que no aparece en la base de datos, tendrás un indicio claro de que se trata de una comunicación no autorizada.
169 millones de llamadas fraudulentas bloqueadas
El Registro de alias se enmarca en el Plan Antiestafas impulsado por el Ministerio para la Transformación Digital, en vigor desde el 7 de marzo de 2025. La primera fase arrancó con el bloqueo de numeraciones no asignadas; en junio de 2025 se añadió el filtrado de llamadas y SMS internacionales que simulan origen español (CLI spoofing). Según datos del ministerio, desde marzo de 2025 se han bloqueado 169,5 millones de llamadas y 10,4 millones de SMS fraudulentos.
Los operadores detectan estas comunicaciones cuando la numeración no corresponde a ningún usuario activo o cuando presentan patrones de comportamiento anómalos. El sistema también intercepta llamadas y SMS que simulan un origen nacional (+34) cuando en realidad se generan desde fuera de España, una de las tácticas más utilizadas por
Prefijo 400: el siguiente paso contra el fraude
Además del registro de alias, el Plan Antiestafas prepara otra medida relevante para 2026: la implantación del prefijo 400 como identificador obligatorio para llamadas comerciales. Está previsto que entre en vigor a finales del verano.
Cuando el prefijo 400 esté operativo, las empresas solo podrán realizar llamadas comerciales desde tres tipos de numeración:
- Numeración geográfica: vinculada a una ubicación física.
- Prefijo 400: específico para comunicaciones comerciales.
- Líneas 800 y 900: ahora también autorizadas para emitir llamadas salientes, no solo para recibirlas.
Las llamadas comerciales desde números móviles convencionales de nueve dígitos quedarán prohibidas. La medida busca eliminar la incertidumbre del usuario al recibir llamadas de números desconocidos, una técnica que los estafadores aprovechan para aumentar la tasa de respuesta.
Qué cambia para el usuario a partir de junio
El impacto para el usuario será progresivo pero tangible. A partir del 7 de junio, los SMS que suplantan la identidad de bancos, empresas de paquetería o administraciones públicas dejarán de llegar al terminal. Si un mensaje con alias pasa el filtro, significará que el remitente está registrado y verificado por la CNMC.
El incumplimiento de las obligaciones de registro, verificación y bloqueo por parte de los operadores podrá derivar en sanciones administrativas conforme a la Ley General de Telecomunicaciones. Los operadores, además, deberán mantener un histórico diario de bloqueos y remitir estadísticas anuales a la CNMC antes del 1 de febrero de cada año.
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