Fachada de una oficina comercial de Alquiler Seguro.
Vivienda

El Gobierno quiere multar a Alquiler Seguro por supuestas cláusulas abusivas en los contratos de los inquilinos

  • Se reabre el debate sobre los límites entre la gestión inmobiliaria y la intermediación prohibida por la Ley de Vivienda
  • La compañía alega que la sanción carece de fundamento y recuerda que varias sentencias han validado su modelo

El Ministerio de Consumo ha propuesto una multa de 3,6 millones de euros a Alquiler Seguro por supuestas “prácticas abusivas” contra los inquilinos, consistentes en cobrarles servicios de gestión que la ley atribuye al arrendador. La sanción -que aún no es firme- forma parte de una investigación abierta por la Dirección General de Consumo, a raíz de una denuncia de FACUA a la que se unieron posteriormente OCU, el Sindicato de Inquilinas y dos particulares, y podría resolverse antes del 12 de diciembre.

Por su parte, la compañía rechaza las acusaciones, califica la sanción de “abusiva y desproporcionada” y sostiene que sus servicios son voluntarios y transparentes, recordando que tres sentencias judiciales ya han respaldado la legalidad de su modelo de negocio.

El procedimiento ha generado una fuerte controversia en el mercado inmobiliario y en el ámbito político. Mientras FACUA y la OCU celebran la propuesta de sanción como “una victoria para los derechos de los inquilinos”, desde el sector inmobiliario se advierte de una “criminalización” de los modelos de gestión privada del alquiler.

De lo que no cabe duda es de que la resolución final marcará un precedente clave para las agencias y plataformas de intermediación, en un contexto de fuerte tensión en el mercado del alquiler, especialmente en las grandes ciudades. Por eso, a continuación repasamos las claves del expediente, los argumentos de Consumo y la respuesta de la empresa, para entender qué está en juego en este caso.

Qué investiga Consumo

El expediente se centra en un servicio denominado SAI (Servicio al Inquilino), que según la inspección se exige de forma generalizada en los arrendamientos gestionados por la compañía. Ese servicio tiene un coste fijo de 990 euros más IVA y una cuota anual de 20 euros desde el segundo año, a cambio de servicios de atención, gestión de incidencias o seguros del hogar.

Para el Ministerio encabezado por Pablo Bustinduy, este sistema actúa como un “subterfugio” para repercutir al inquilino los gastos de intermediación que la Ley de Vivienda prohíbe cobrarle, y vulnera además los derechos básicos del consumidor.

Pablo Bustinduy, ministro de Consumo. Fuente: Ministerio de Consumo

Ministro de consumo, Pablo Bustinduy, durante una rueda de prensa del Gobierno de España.

El informe también señala otras cláusulas presuntamente abusivas, como la obligación de contratar un seguro, el cobro de intereses por impago, la realización de estudios de solvencia a cargo del arrendatario o la posibilidad de incluirlo en ficheros de morosos sin que la deuda sea firme ni exigible.

Según la Dirección General de Consumo, cuya investigación se apoya en 20 expedientes de arrendamiento y en comunicaciones reales (llamadas, correos y mensajes) entre la empresa y posibles clientes, el 90% de los contratos analizados incluyen este tipo de condiciones.

La respuesta de Alquiler Seguro

La empresa rechaza la existencia de prácticas abusivas y defiende que el SAI es un servicio opcional, contratado “libre y voluntariamente” por los inquilinos, y que proporciona un valor añadido tanto a estos como a los propietarios.

Según declaraciones recogidas por El Mundo y RTVE, tres resoluciones judiciales habrían avalado la legalidad de sus servicios, concluyendo que “no existe imposición” y que las cláusulas “son claras, transparentes y proporcionan beneficios reales a ambas partes”.

El CEO de Alquiler Seguro, Antonio Carroza, en su oficina.

Antonio Carroza, presidente de Alquiler Seguro. Fuente: Alquiler Seguro

Alquiler Seguro mantiene que cumple la ley, que sus tarifas y condiciones son públicas y transparentes, y que presentará alegaciones dentro del plazo de quince días establecido por el procedimiento administrativo.

La compañía también subraya que su modelo se apoya en dos pilares: la protección del propietario (garantía de cobro, selección de inquilinos y asesoramiento jurídico) y el soporte integral al inquilino (gestión de suministros, atención de incidencias y asesoramiento).

Qué dice la ley y en qué punto está el expediente

La Ley por el Derecho a la Vivienda, aprobada en mayo de 2023, prohíbe expresamente que las agencias inmobiliarias repercutan al arrendatario los gastos de gestión y formalización del contrato. El Ministerio de Consumo considera que Alquiler Seguro incumple ese precepto, al trasladar al inquilino, bajo otra denominación, unos costes que debería asumir el propietario.

Mazo de juez de madera: símbolo de la justicia, la ley y una sentencia en un tribunal.

Fuente: Freepik

La propuesta de sanción incluye siete infracciones —seis muy graves y una grave— y podría convertirse en una de las mayores multas impuestas en el sector inmobiliario si se confirma. Aun así, no es una resolución definitiva: el expediente se encuentra en fase de alegaciones, y la compañía podrá presentar sus argumentos antes de que el ministerio emita su decisión final.

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