Pablo Bustinduy, ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 del Gobierno de España, durante un acto oficial.
Alarmas

La “publicidad del miedo” tiene fecha de caducidad con esta nueva ley

  • El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ultima una norma que prohibirá los anuncios alarmistas sobre robos y ocupación
  • Las empresas deberán aportar datos oficiales que respalden los riesgos que difunden

Regular la conocida como “publicidad del miedo” que utilizan algunas empresas para incitar a la contratación de alarmas y otros sistema de seguridad generando temor ante robos y ocupaciones. Ese es uno de los objetivos de la Ley de Consumo Sostenible, cuyo anteproyecto se aprobó el pasado 1 de julio en Consejo de Ministros y que estos días afronta su última semana de audiencia pública.

La medida busca acabar con los anuncios que exageran o manipulan riesgos como los robos o la ocupación de viviendas para generar ansiedad y fomentar la contratación de servicios. Según el Ministerio encabezado por Pablo Bustinduy, este tipo de mensajes “distorsionan la percepción de inseguridad, alimentan una cultura del miedo y pueden llevar a los ciudadanos a tomar decisiones precipitadas, desinformadas o basadas en el pánico”.

Consumo asegura que este tipo de publicidad, comúnmente utilizada por empresas de seguridad, “basa su efectividad en presentar escenarios extremos o improbables, como robos violentos, generando una sensación de urgencia o vulnerabilidad en las personas que afecta a su libertad de elección y a su bienestar psicológico”.

TRANSPARENCIA OBLIGATORIA EN LOS ANUNCIOS. Si la iniciativa prospera, prohibirá expresamente los mensajes manipuladores o sin respaldo y obligará a que, incluso en los casos en que el riesgo descrito sea veraz, las empresas incluyan información cuantitativa o estadística oficial que permita a los consumidores valorar la frecuencia real de esos sucesos.

Estos datos deberán mostrarse de manera visible y adaptada al medio publicitario -ya sea televisión, radio, internet o cartelería- para garantizar que la información no pase desapercibida.

Primer plano de una persona introduciendo el código de seguridad en el teclado para conectar la alarma de su casa. Fuente: Freepik

La reforma se materializará a través de una modificación del artículo 27.2 de la Ley de Competencia Desleal, incorporando este nuevo requisito de transparencia.

IMPACTO EN EL MERCADO Y EN LA SOCIEDAD. Con esta iniciativa, el Ministerio de Consumo pretende garantizar un equilibrio en el mercado y promover una publicidad más ética y transparente. El objetivo es, además, fomentar una percepción de la seguridad más realista y saludable, alejada de los mensajes alarmistas que han marcado durante años la estrategia de las compañías del sector.

Y es que la percepción de inseguridad sobre robos y ocupaciones propagada por algunos anuncios choca con los datos oficiales. Según los cuales, en 2024 se registraron 16.426 denuncias por ocupación, lo que supone menos del 0,1% de un parque de viviendas que supera los 25 millones de inmuebles.

Además, la gran mayoría de los casos afecta a pisos vacíos, segundas residencias o propiedades de entidades financieras, mientras que los allanamientos de viviendas habitadas son minoritarios. En 2022, por ejemplo, las condenas firmes por este delito apenas superaron las 200 en todo el país.

SIGUIENTES PASOS. El plazo para enviar aportaciones concluye el próximo 31 de agosto. Para que la propuesta del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 pueda entrar en vigor aún queda un largo recorrido, ya que tiene que pasar por una segunda votación en el Consejo de Ministros y el posterior debate parlamentario en Congreso y Senado.

Si finalmente la norma sale adelante, también se verá afectado el greenwashing, práctica con la que se busca obtener una ventaja competitiva desleal comercializando un producto o servicio como respetuoso con el medioambiente cuando, en realidad, no lo es.

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